El motivo principal que nos ha empujado a publicar esta serie de posts es la falta de información clara por parte de los organismos competentes ante las dudas planteadas por miembros de la Marea Granate sobre cómo votar en las próximas elecciones europeas de Mayo.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2011 de 28 de Enero, por la que se modificaba el Régimen Electoral General (LOREG), la participación electoral de los ciudadanos españoles en el exterior ha descendido dramáticamente, como consecuencia de la introducción del ‘voto rogado’. Desde entonces, los residentes en el extranjero que quieran participar en los comicios tienen que mostrar a través del Consulado su deseo expreso, para poder recibir las papeletas por correo postal y que dicho derecho se haga efectivo. A este procedimiento, tenemos que sumarle la dificultad extra que implican los plazos tan reducidos para rogar el voto, tanto para los residentes permanentes (inscritos en el CERA, censo electoral de residentes ausentes), como para los residentes temporales. Todo ello dificulta enormemente el ejercicio de un derecho básico en una democracia y limita, de facto, el sufragio universal.
Como consecuencia, entre las elecciones generales de 2008 y 2011 se produjo un descenso de 300.000 sufragios, alcanzandose en el CERA una abstención del 95% en las generales de 2011, que ponen en entredicho la legitimidad y la calidad democrática del sistema político y hacen incluso sospechar de los objetivos de aquella reforma.
Aunque ya eramos conscientes de las trabas administrativas para ejercer nuestro derecho al voto desde el extranjero, nuestra gran sorpresa llegó cuando, a principios de Enero, al buscar la información sobre cómo votar en las elecciones europeas, descubrimos a través un tuit de la Comisión Europea, que el día 31 de ese mes se cerraba el censo para extranjeros residentes en España; con lo que empezamos a sospechar que para nosotras, los y las emigrantes españolas, también.
¡Ojo! Este mapa, avisa del cierre del censo para ciudadanos comunitarios residentes en otro país miembro. Fuente: PE
Fue entonces cuando varias integrantes de Marea Granate nos movilizamos y decidimos ponernos en contacto con los diferentes Consulados y Embajadas de los países en los que residimos, órganos encargados de ofrecer a la ciudadanía toda la información necesaria para comprender las restricciones de la nueva ley y permitir que la participación ciudadana sea un éxito.
Y…¿queréis saber lo que nos respondieron? A continuación os transcribimos algunas de las respuestas, que dan idea de la falta de coherencia entre las distintas oficinas de Exteriores:
- Bruselas: “Los residentes temporales deben rogar el voto” (contra todo pronóstico y procedimiento de anteriores elecciones)
- Bordeaux (18/2/2014): “Tenga en cuenta que todavía no se han convocado dichas elecciones, por lo que la información concreta en cuanto a los plazos concretos aún no está disponible. Puede ser que abran un período de inscripción para los „residentes temporales“. No tenemos idea cuando. Debe ud. consultar permanentemente para estar al tanto.“
- Dresde: Responde una persona que no habla español, y que tampoco puede ofrecer ninguna información en alemán.
- Montpellier: “No sabemos a ciencia cierta si el plazo acaba el 30 de enero, ni los plazos para rogar voto o solicitarlo por correo, ni qué se aplica a los residentes temporales”.
- París: “Las modalidades (?) de voto no se conocerán hasta la convocatoria de elecciones”.
- Viena: “Tenga en cuenta que todavía no se han convocado dichas elecciones, por lo que la información concreta en cuanto a los plazos concretos de consultas de listas, reclamaciones, voto por correo, etc. aún no está disponible. Para más información, le sugerimos que visite la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través del siguiente enlace”.
Ante la última respuesta, acudimos al Ministerio, desde donde nos enviaron el mismo enlace (que como podéis comprobar, contiene escasa información) y nos sugieren esperar a la convocatoria oficial de las elecciones.
También lo intentamos a través de Twitter pero parece que están a otra cosa. Primer intento:
Aún esperamos respuesta… Pero insistimos por si acaso…
Ya que ni el correo electrónico ni Twitter dieron resultado, recurrimos a la página de Facebook, donde nos contestaron (esta vez sí) echando balones fuera:
Este caos presente en las distintas instancias de la Administración nos lo confirma Operation Vote España (página de facebook de la Fundación AFIES):
„Podrás ejercer el voto por correo solicitándolo en España, pero los plazos aún no se conocen. Si no, deberás inscribirte en el Consulado o Embajada de España de tu lugar de residencia. En ése momento, la web del Ministerio de Interior y del INE empiezan a colgar información, pero esta aún es muy escasa.“
Además, quisiéramos señalar que en todos los enlaces a los que nos han remitido:
– No se indicaba que el plazo para registrarse en el CERA para rogar el voto terminaba el 30 de Enero.
– Tampoco se indicaba en ninguna parte la fecha del 1 de Abril como día de la convocatoria de elecciones.
– El resto de plazos sólo constaban según el copy-paste genérico sacado de la LOREG, escrito en leguleyo.
– No se ofrecía un listado de posibles opciones según la situación de cada persona, ni los plazos y trámites correspondientes.
¿Alguien puede informarnos sobre cómo votar?, ¿Cómo deben votar los residentes temporales? Si en el Ministerio no tienen claro cúal es el proceso, ¿por qué tanta prisa por cerrar el censo a finales de enero? ¿No podían esperar a tener las cosas claras, dejar que nos inscribiéramos como corresponda, y cerrar censo posteriormente? Doce de los países de la UE así lo hacen, con fechas incluso muy próximas a las de voto (véase el mapa anterior).
Según el censo de enero de 2013, somos más de 1.700.000 los españoles residentes en el exterior con derecho a voto. Cifra que, debido a la nueva oleada migratoria por causas político-económicas, sea incluso superior. Los y las emigradas reclamamos nuestro derecho al sufragio en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía, algo que se nos niega desde las instituciones.
Exigimos también que se nos informe de forma clara en Embajadas y Oficinas Consulares. Es lo mínimo que se puede pedir cuando el sufragio universal está recogido en el artículo 23.1 de nuestra Constitución. Es lo mínimo que se puede exigir cuando se trata de un derecho tan elemental en un sistema que hace gala de llamarse a sí mismo “democracia”.
Insistiremos a partir del 1 de abril y recurriremos a Parlamento Europeo, a las Juntas Electorales o a quien sea necesario para poder informarnos y ejercer nuestro derecho a voto con las mejores garantías.
Porque nuestro voto también vale.
GT Voto
Marea Granate
32 Comments
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Censos que cierran sin previo aviso: el enésimo pucherazo electoral del voto exterior - Iniciativa Debate
Hola me gustaria saber si a a parte de estar registardo como español residente en uk tambien hay que inscribirse en el cera o si ya estamos inscritos de por si al estar registrados
Hola, a mi tambien me ha pillado por sorpresa el plazo este del 31 de Enero! y queria votar. Vivo en Australia, sabeis si hay algo que se pueda hacer una vez pasado ese plazo? o ya no hay solucion? Gracias!
Esta semana hemos publicado el procedimiento para tod@s a los que se os haya pasado el plazo!
El otro día envié yo también un mail al Consulado en París para preguntar cómo podemos votar los que no estamos inscritos como residentes. Esta es su respuesta:
„Buenos días,
En contestación a su mensaje, se le comunica que para poder votar en las próximas elecciones europeas, deberá inscribirse como no residente y solicitar el voto. Hasta el momento se desconocen los plazos ya que aún no se han convocado dichas elecciones. Se le aconseja que se ponga en contacto con este Servicio de Censo
( 01 44 29 40 25) a partir de últimos de marzo o bien consultando nuestra página Web : http://www.cegesparis.org.
Cordialmente“
Parece que va a ser más o menos como en anteriores elecciones (lo explicaba en mi primer comentario). Eso sí, no saben todavía ni plazos ni ná!
Un saludo.
Hola a todos:
Soy residente en Reino Unido y aquí te envían un formulario en el que te registras como elector. En Mayo votamos para las elecciones locales y europeas, y como podéis ver en el correo que he copiado más abajo, me indican que estoy correctamente registrada, y que me mandarán otro formulario para que decida si quiero votar en las elecciones al parlamento europeo como residente en UK o como ciudadana española.
Entiendo que si elijo hacerlo como residente aquí, votaré a los representantes de UK en europa.
Saludos.
Dear Ana
Thank you for your email. I can confirm that your application to register to vote has been received. You will be registered to vote from 17 February 2014 and will be entitled to vote in the local elections in May 2014.
We will send you a form later this month so that you can choose whether to vote in the UK or in Spain for the European Elections in May.
Regards
Ian Buckle
Elections Officer
Democratic Services
Law and Governance
London Borough of Camden
Yo vivo en Cabo Verde, y me gustaría saber si existe alguna posibilidad de poder votar en las elecciones europeas aunque el plazo para inscribirse en el censo era hasta el 31 de enero.
Hola Pilar! Si, si que podrás votar. Explicaremos las distintas formas de ejercer nuestro derecho al voto en el próximo post!
Gracias por leernos! 🙂
Hola,
Tal y como comenta Expat. Tenéis la opción de votar en el país en el que residís de forma legal. Estoy 100% seguro de esto.
En mi caso, yo resido en Bélgica y mi ayuntamiento me ha enviado toda la información necesaria para registrarme en la lista de votantes como extranjero residente en el país.
Lo que no se es si podría votar para las listas españolas… espero que alguien pueda confirmar el procedimiento ya que prefiriría esto último….
Efectivamente los españoles residiendo fuera de España pueden elegir votar a los representantes del país donde residen si se elige esta opción no se podrá votar a las lista española..Tal como está España sería aconsejable votar la lista de representantes españoles para conseguir que España consiga un cambio….
Os puede interesar este link donde se explica cómo votar http://letmevote.eu/es/
Expat, no todos los emigrantes están en Europa, estamos en Sudamérica, Asia, Africa…
Yo estoy en Chile y por más que pregunte en mi consulado, responden automáticamente que mire la página web.
Esto pasa porque estamos en una partitocracia. Esto no pasaría en una democracia representativa y con separación de poderes en origen. Así que os animo a la abstención activa y exigir libertad constituyente para formar una verdadera constitución y elegir la forma de Estado y de gobierno.
Yo no voy a votar por primera vez en mi vida y así se lo hice constar en la embajada de Praga cuando me negué a proporcionar datos personales no obligatorios que me pedían para informarme. Sin embargo, algunos amigos que sí registraron su dirección de email recibieron el día 31 de enero exactamente a las 12:00 un documento en checo y otro en inglés conteniendo este texto:
EUROPEAN PARLIAMENT
INFORMATION OFFICE IN THE CZECH REPUBLIC
How citizens of other EU Member States can vote in the elections to the European Parliament in the Czech Republic
The right to vote in elections to the European Parliament in the Czech Republic have beside citizens of the Czech Republic also citizens of other EU Member States who have attained the age of 18 on the second day of elections and have not been deprived of legal capacity.
In addition to these general conditions, the citizen of other Member State has to fulfil other conditions which differ depending on whether the citizen is registered in the addendum to the permanent electoral roll at the municipal office or not.
The citizen of other EU Member State, who wants to exercise their right to vote in the Czech Republic and who is not registered in the addendum to the permanent electoral roll, must have been registered for a minimum period of 45 days in the population register for permanent residence or for temporary residence. Furthermore they must submit a request for being included in the electoral roll for elections to the European Parliament at the municipal office in the territorial jurisdiction, where they have been registered in the population register, not later than 40 days in advance of the polling day. To this request shall be attached a copy of a document verifying the registration of the requesting person in the population register for permanent residence or for temporary residence in the Czech Republic and an affidavit of the requesting person indicating their nationality, place of residence, address of the electoral region where they have been so far registered in an electoral roll for elections to the European Parliament and a statement saying that the person is going to vote in the election to the European Parliament only on the territory of the Czech Republic. The municipal office shall inform the requesting person how the request has been processed not later than 15 days in advance of the polling day.
Slightly different procedure applies to citizens of other Member States who are registered in the addendum to the permanent electoral roll. In the addendum can be registered only the citizen of other Member State, who is registered in the population register for permanent residence in a municipality in the Czech Republic, and who applies for registration to the addendum. Such citizen must submit the request for transferring data from the addendum into the electoral roll for the election to the European Parliament. They must do so not later than 40 days in advance of the polling day at the municipal office that keeps the citizen in the addendum to the permanent electoral roll. To this request shall be attached an affidavit of the requesting person indicating that person’s nationality, place of residence, address of the electoral region where the person has been so far registered in an electoral roll for elections to the European Parliament and a statement saying that the person is going to vote in the election to the European Parliament only on the territory of the Czech Republic.
Olvidé mencionar que bajo el estado de „residencia permanente“ o „residencia temporal“ de los que se habla en el texto no se encuentra prácticamente nadie. Simplemente estamos „registrados“: para Chequia residimos fuera de forma permanente aunque vivamos aquí, para España residimos en el extranjero. Una risa.
El problema para los que residimos en Francia es que el plazo para inscribirse terminó el 31 de diciembre.
En las últimas elecciones europeas de 2009 había que inscribirse en el Consulado como residente temporal y rellenar una solicitud para solicitar el voto por correo. Unas pocas semanas después te enviaban a casa el sobre con todas las papeletas y tenías una fecha límite para enviarlo por correo certíficado a tu colegio electoral en España.
elecciones.mir.es/europeas2009/informa_extranjero.html
Creo que para las municipales,autonómicas y generales era el mismo sistema. Eso sí, en las últimas generales, a mi me llegó el sobre con las papeletas el último día de plazo y me tocó ir corriendo a enviarlo. Conozco bastante gente que le llegó el sobre después de que hubiera terminado el plazo y se quedó sin votar…
Otra cosa: solamente os podéis inscribir como residentes temporales una vez y creo recordar que al año os eliminan del registro. Yo logré volver a inscribirme como residente temporal contándole una milonga, porque sino me tocaba apuntarme como Residente permanente. La putada de esto último es que pierdes el derecho a votar en las municipales en España, a no ser que te vuelvas a empadronar en tu municipio.
Como véis, todo son facilidades a la hora de ejercer tu derecho a ceder tu poder político a una tercera persona…
Un saludo,
Yo me inscribí antes del 31 de diciembre directamente en el ayuntamiento de mi distrito en París y podré votar. Si vives desde hace años en Francia, lo normal es votar en Francia (Europeas y municipales)
Hola Juanlu,
Como comentas, para las personas residiendo en otro país miembro de la UE es posible votar en tu municipio inscribiéndose en el censo <Ver plazos de cierre de los distintos censos en cada pais en este mapa>
No obstante, el hecho de votar en tu país de acogida conlleva pros y contras.
PROS:
– Se simplifica el proceso
CONTRAS:
– Solo puedes votar las listas del país de acogida (francesas en tu caso), lo que implica (que el votante responsable) preocuparse de conocer a los/las candidatos/as al Parlamento Europeo.
– Tu voto no computa en el Censo español, y muchas creemos que el Voto Exterior tiene una capacidad muy fuerte para ejercer presión sobre el Gobierno y sobre el conjunto de las fuerzas parlamentarias. Ten en cuenta que, en Enero de 2013 había censadas en el exterior más de 1,7 Millones de personas, lo que equivale a la 4a provincia (circunscripcion electoral) por numero de votantes.
– Para la composición final del Parlamento Europeo, el resultado de la votación estaría sesgado. Pongámonos en el CASO HIPOTÉTICO de que todas las emigrantes en Francia votais a la Izquierda real -Front Gauche- porque sois todas Muy de Izquierdas. Esos votos, que tu, como votante de izquierdas estás dando al partido de Mélenchon se acumularían para los representantes del FG de Francia, y por decirlo así, se los estarías quitando a su contraparte española que sería Izquierda Unida, dejando que los votantes que no suelen fallar con su cita electoral, obtengan -otra vez más- un mayor porcentaje del total de los votos y, por tanto, un mayor número de Europarlamentarios.
Estas preguntas también no slas hicimos en los Paises Bajos y la contestación fue similar a la recibida en Viena. Como se indica en el post, el link no es que de mucha información e insistí. He aquí la respuesta:
Todavía no esta publicada la convocatoria, los partidos políticos todavía están diciendo la lista de candidatos y según la información que aparece en la prensa tardaran un tiempo.
Así que yo más que seguir la página del Ministerio, y teniendo en cuenta las fuentes que se utilizan, casi que veo más útil seguir los periódicos que las fuentes oficiales.
En fin…
Según tenía entendido, en las elecciones europeas no es necesario el voto por correo, sino que se puede votar en el país en el que actualmente se reside (ya que los partidos de cada país están representados por grupos parlamentarios comunes a toda Europa).
Un saludo.
Un ejemplo más de la incompetencia que demuestra España… ¡Qué feliz me siento viviendo fuera de España!
Espero que estas cosas te compensen el hecho de vivir lejos de tu familia, tus amigos y tu tierra.
Es debido a esta apatia y a esta felicidad porque la democracia no funcione que estamos como estamos.
Me parece increible que tu, Pedro, puedas decir que te compensa vivir fuera de tu pais solo porque el gobierno conservador de España te esta quitando un derecho: el de ser ciudadano y poder expresarte libremente.
Creo que no has entendido el comentario de Pedro. A mi entender, era sarcastico…
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