CÓMO VOTAR EN LAS ELECCIONES GENERALES 20D DESDE EL EXTERIOR: OPCIONES Y PLAZOS

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Si tienes pasaporte o DNI español, vives en el extranjero y quieres ejercer tu derecho a voto en las elecciones generales el próximo 20 de Diciembre de 2015, tienes varias opciones en función de tu situación administrativa actual.

 

Elecciones GeneralesCASO 1: Aún no me he inscrito en el Consulado:

Opción A: si voy a viajar a casa por navidad, planear las fechas de forma que pueda votar en urna el 20D en mi colegio electoral.

Opción B: inscripción ERTA, teniendo en cuenta desplazamientos, el ruego es presencial, el voto es por correo (no en urna), si vives en otro continente puede que lleguen tarde las papeletas o tu voto.

Opción C: inscripción CERA, solo si llevas más de un año residiendo en el extranjero porque podrían negarte la inscripción ERTA en el consulado. IMPORTANTE: Esta inscripción sólo debes hacerla durante la semana que se reabre el censo para reclamaciones (2-9 noviembre).

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CASO 2: Ya me he inscrito como:

— Residente (CERA)

El censo es el vigente a 1 de agosto, si te inscribiste después ¡RECLAMA! 

Opción A: voto desde el extranjero.

1) Revisa tu inscripción en el censo en el consulado del 2 al 9 de noviembre, y si hay un error, reclama.

2) Ruega el voto entre el 28 de octubre y el 21 de noviembre.

Con certificado electrónico. Deberás acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es mediante un certificado electrónico reconocido asociado a tu Documento Nacional de Identidad (DNI).

Con la clave de tramitación telemática (CTT) que te remitirán por correo postal al domicilio donde estás inscrito. Deberás acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/Solicitud_voto_CERA mediante la CTT, seguir las instrucciones que se te presenten y adjuntar el fichero de la imagen de UNO de estos documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad española o certificado de inscripción consular.

3) Envía el voto por correo a tu consulado hasta el 15 de diciembre, o vota en urna en el consulado entre el 16 y 18 de diciembre.

Opción B: voto por correo desde España, tiene que solicitarse en persona en cualquier oficina de correos y como mínimo 10 días antes de las elecciones.

IMPORTANTE: si ya estás inscrito como CERA no puedes votar en urna en tu ciudad el 20D aunque estés allí ese día porque ya no figuras en las listas (no estás empadronado allí)

— No Residente (ERTA)

Opción A: voto en urna en España. Si vas a viajar a casa por navidad, puedes planear las fechas de forma que puedas VOTAR EN URNA el 20D en tu colegio electoral. Para ello NO DEBES rogar el voto en el consulado, si lo haces no podrás votar en España.

Opción B: voto desde el extranjero.

1) Ruega el voto en el consulado entre el 28 de octubre y el 21 de noviembre.

2) Vota por correo. La fecha límite para enviar tu voto es el 16 de diciembre.

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Comienzo del ENVÍO DE PAPELETAS desde España

(afecta tanto a CERA como a ERTA)

Si NO hay impugnación: 30 de noviembre

Si hay impugnación: 8 de diciembre

¡Si hay impugnación las papeletas tienen sólo 7 días para llegar!

GT Voto


El Grupo de Trabajo del Voto, formado por integrantes de diversos nodos, comienza su actividad como respuesta a la falta de información existente sobre cómo votar desde el extranjero de cara a las Elecciones Europeas de 2014.

Llevamos más de un año empollando la legislación, escribiendo a consulados y embajadas de todo el mundo, denunciando irregularidades, facilitando información de plazos y procedimientos, haciendo el trabajo que las instituciones no hacen, respondiendo a un sinfín de consultas diarias y exigiendo a la Administración información clara sobre el proceso y la supresión del voto rogado.

Por todo ello, hoy Marea Granate es un referente en la denuncia del Voto Robado, así como en informar sobre cómo rogar eso que hasta 2010 era un derecho.

GT Voto
Marea Granate

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749 Comments

  1. canta 19/10/2015 at 17:54

    Hola, muchas gracias por la información que proporcionáis y por vuestro trabajo.
    Vivo en Londres desde hace un año y estoy inscrita como residente pero aún me queda la duda de cómo rogar el voto telemáticamente, habrá algún link o pagina web donde se pueda solicitar? O debe hacerse desde la página del consulado?
    Gracias y saludos.

    • GT Voto 20/10/2015 at 8:26

      Hola Canta, colgaremos los links y documentos aqui cuando se convoquen elecciones, a partir del 28-Octubre. un abrazo!

  2. Aida R. del Castillo Fernández 18/10/2015 at 22:24

    Hola, antes que nada felicidades por esta labor a favor de la democracia de nuestro país. Yo vivo en España pero desde principios de diciembre voy a estar fuera. ¿Existe la posibilidad de hacer todas las acciones requeridas y de votar por internet? Muchas gracias.

    • GT Voto 20/10/2015 at 8:28

      Hola Aida,

      Puedes pedir el voto por correo a partir del 28 de octubre, pero lamentablemente el envio de papeletas comienza el 30 de noviembre y en España se recogen presencialmente. Inenta contactar a tu Delegacion del censo, por si te dan alguna solucion ellos. Un abrazo!

  3. Paula 18/10/2015 at 21:10

    Muchas gracias por toda la informacion tan valida que nos proporcionais!
    Solo una pregunta Veo en el grafico que la fecha de publicacion de la convocatoria de elecciones en el BOE es el 27 do Octubre??? no es correcto?

    • GT Voto 20/10/2015 at 8:29

      Las elecciones se convocan 54 dias antes de la cita electoral, segun la LOREG. Aparecera en el BOE el 27 de octubre 🙂

  4. Mario 17/10/2015 at 9:23

    Mi problema es todavia mas complicado.
    Llevo viviendo fuera de Espana desde hace 10 anyos pero no estoy inscrito por lo que consto como residente en Espanya en el censo electoral pero no para pagar impuestos o cualquier otra cosa… la cuestion es que resido temporalmente ahora en otro pais pero no es mi residencia habitual y visitare Islandia desde el 10 de diciembre por lo que me pillara alli el momento de votar. Tengo alguna posibilidad de votar?
    Gracias

    • GT Voto 20/10/2015 at 8:31

      Hola Mario, lo tienes complicado. Pero podrias rogar el voto como residente temporal en el consulado que te corresponde a partir del 28 de octubre y delegar la recogida de papeletas y el envio del voto a una persona de confianza, lo que llamamos un «voto por delegacion de poder» técnicamente. Las papeletas no te las van a mandar a Islandia lamentablemente…
      Un abrazo!

  5. Ana 16/10/2015 at 18:04

    Hola,
    Llevo viviendo en Edimburgo dos años, pero no me apunté al consulado porque todo lo que veía era inconvenientes.
    Ahora tendré que apuntarme para poder votar, pero ¿puedo apuntarme como residente temporal a pesar de llevar viviendo acá ese tiempo? ¿qué cosas pierdo en España si me apunto como residente temporal vs qué cosas pierdo si me apunto como residente permanente?
    Una de las razones por las que lo pregunto es porque me volví a apuntar al paro en España, más que nada para intentar ayudar a que mi hermano consiga beca (lo comento porque significa que no cotizo, no hago cursos, no me pagan nada, es decir, no estoy intentando vivir del gobierno español, simplemente darle más «puntos» a mi hermano), y asumo que si me apunto en el consulado, perdería eso.

    Muchas gracias!

  6. Javier 16/10/2015 at 17:37

    Buenas tardes, muchas gracias por la info! Aunque no me queda del todo claro.
    Este 28 me voy 3 meses a australia, ¿tendria que acercarme al consulado español en perth y pedir alli mi voto?

    • GT Voto 20/10/2015 at 16:07

      Si! Eso mismo, y das un domicilio al que te lleguen las papeletas. Un abrazo!

  7. Jesus García Flores 15/10/2015 at 18:12

    Mi esposa y yo somos españoles viviendo en Venezuela, pero vamos a viajar a España desde el 14 de diciembre hasta febrero, queremos votar en Madrid, cómo lo hacemos?

    • GT Voto 20/10/2015 at 16:11

      Hola Jesus, si no estais inscritos en el CERA podeis votar en urna alli.
      SIn embargo, si lo estais, lo teneis complicado: deberiais llegar antes del 10 de diciembre para poder pedir el voto por correo (siendo CERA no se puede votar en urna)
      La unica solucion que le vemos es que, si éste es el caso, rogueis telematicamente el voto y pidais a alguien de confianza que envie vuestras papeletas y documentacion al Consulado luego, una «delegacion de poder», vaya, si es posible que alguien recoja el material.
      Los plazos no son faciles!! Un abrazo y animo!

  8. Estefanía Jmz 15/10/2015 at 11:03

    Buenas!
    He comenzado a vivir en Italia, debo ir a inscribirme en la embajada en Milán y solicitar el voto, pero siempre que llamo me dicen que no se puede solicitar el voto todavía porque no se han publicado en el BOE los términos del voto por correo. ¿Es cierto?

    Veo que tendré que ir a milan en dos días diferentes, y aún así no estoy segura de que sirva de algo si luego no llegaran las papeletas. ¿Consejo?

    Gracias por toda la información que facilitais

    • GT Voto 20/10/2015 at 16:08

      Si, es a partir del 28 cuando puedes ir. Pero haces inscripcion consular y ruego al mismo tiempo, no hacen falta dos viaje. Suerte!!

  9. Andrés Felipe 15/10/2015 at 10:21

    Hola, mi problema es el siguiente, viajo a Perú desde el 8 de Diciembre al 22 de Diciembre, como hago para votar yo? Gracias

    • GT Voto 15/10/2015 at 10:32

      Hola Andrés, pide el voto por correo a partir del 28 de octubre en España. Las papeletas comienzan a enviarse a partir del 30 de Noviembre asi que con un poco de suerte puedes votar antes de irte.

      Un abrazo!

  10. Laura 14/10/2015 at 23:42

    Hola,
    Agradeceros primero vuestra ayuda. En segundo lugar preguntaros si existe algún método para hacer todo este proceso sin tener que personarse en el consulado. Quizá podemos llamar por teléfono para solicitar o rogar el voto, o facilitarán a través de las webs de los consulados un espacio para hacerlo y para también poder revisar el censo?
    Gracias por todo.
    Un abrazo!

    • GT Voto 15/10/2015 at 10:33

      Hola Laura, si ya estas inscrita hay opcion de ruego telematico, os informaremos al respecto en cuanto se convoquen elecciones!
      Un abrazo!

  11. Luis TORRIJO LOPEZ 13/10/2015 at 12:41

    Hola¡ Somos dos chicos que estamos temporalmente viviendo en Londres. Todavía no estamos inscritos en el consulado.Hoy hemos intentado pedir cita para hacerlo y nuestra sorpresa ha sido que la primera cita disponible es el dos de diciembre. Para esa fecha ya deberíamos estar inscritos y haber pedido la solicitud del voto. Así que nos encontramos sin saber qué hacer. Estamos realmente motivados a poder ejercer nuestro derecho al voto,pero para ello debemos inscribirnos en el consulado antes del 21 de noviembre y parece ser que no es posible.

    Por favor ¿¿alguna ayuda??

    Gracias 😉

    • GT Voto 14/10/2015 at 12:46

      Hola Luis,
      En otras elecciones el consulado de Londres no requeria cita previa cuando era tramite electoral lo que queriais hacer. Vamos a preguntar y os decimos.
      Un abrazo!

  12. N 13/10/2015 at 12:14

    Vivo en EEUU desde 1994. Siempre he votado hasta hace 2 años. He seguido los pasos adecuados según la nueva legislación pero las papeletas han llegado a mi buzón el mismo día que es el plazo para enviar el voto, con lo cual si no regreso a casa del trabajo hasta la noche, no tengo forma de votar. Me he quejado a la delegación de mi provincia y dicen que es problema de correos en EEUU pero da la casualidad que desde el día que aparece mi solicitud de voto como procesada hasta que recibo las papeletas, pasa un mes. Así que 4 semanas para que lleguen las papeletas de España a EEUU es cosa difícil de creer cuando recibo cartas de España en menos de 1 semana. Quiero votar, tengo mis derechos. Me parece una tomadura de pelo increíble. Donde puedo reclamar?

    • GT Voto 14/10/2015 at 12:45

      Hola N. Pronto vamos a sacar algo al respecto para empezar a hacer reclamaciones mas serias. Os informaremos por todos los canales posibles.
      Un abrazo y a seguir peleando hasta derogar esta ley!

  13. Marta 13/10/2015 at 1:26

    Hola, muchas gracias por la informacion, muchas gracias por el trabajo que haceis para facilitarnos el ya complicado tramite. El consulado de Melbourne todavia no da ninguna informacion en su web, para variar. Como anecdota: nos llegaron las papeletas para las autonomicas en el ultimo momento (yay!!), yo vote en urna en el consulado pero mi compi que es ERTA envio el suyo de vuelta por correo…hasta ahi todo bien, de repente la semana pasada llega la carta certificada con sus votos de vuelta…4 meses despues…en fin…
    Ahora veo que estamos en las mismas, para las autonomicas las papeletas tardaron 14 dias en llegar, asi que si hay impugnacion no votamos, y si no…probablemente tampoco 😐

    • GT Voto 14/10/2015 at 12:43

      Papeletas de vuelta? Alucinante.
      Marta necesitaremos casos para la prensa para ilustrar estas cosas, si no os importa colaborar nos podeis mandar un mail a prensa@mareagranate.org
      un abrazo! y suerte en estas elecciones!

  14. Xosé 12/10/2015 at 23:39

    Conclusión: los que vivimos tan lejos como Nueva Zelanda nos vamos a quedar sin votar porque las papeletas, impugnadas o no, no llegarán a tiempo. La democracia definida por criterios geográficos, vaya.

    (Por cierto, muchas gracias por todo el buen trabajo que hacéis)

    • GT Voto 14/10/2015 at 12:42

      Con mucha probabilidad si 🙁
      Ademas todo depende también de la eficiencia del sistema de correos de tu pais de destino (democracia delegada, vaya). Es absurdo que en pleno siglo XXI sigamos con una administracion del XIX. En cualquier caso os animamos a rogar el voto y a hacer denuncia de este tema!
      Un abrazo!

  15. Helena 12/10/2015 at 22:46

    Hola! Mi pareja y yo vivimos en España pero dentro de un mes, el 14 de Noviembre nos vamos a Tailandia y volveremos mucho más tarde de las elecciones. No tendremos un Consulado cerca y no tenemos ni idea de qué podemos hacer para votar… No me queda nada claro.
    Por favor, ayuda!
    Un saludo

    • GT Voto 14/10/2015 at 12:39

      Hola Natalia,

      Pues lo teneis complicado, porque podeis solicitar el voto por correo en España pero las papeletas comienzan a llegar a partir del 30 de noviembre…intenta llamar a tu Delegacion del Censo a ver si te pueden dar alguna solucion.
      Un abrazo!

  16. Francisco 12/10/2015 at 17:48

    Gracias por la chuleta!

    Así mucho más fácil, dentro de lo que cabe claro…

    Saludos y a seguir así!
    Francisco

    • GT Voto 14/10/2015 at 12:37

      Gracias Francisco! Os recomendamos apuntaros a la alerta del voto, (en la pagina principal a la derecha) para estar informados; si nos difundis entre vuestros contactos fuera mejor que mejor.
      Un abrazo!

  17. Claudia 11/10/2015 at 18:58

    Hola! Genial web, llevo días buscando a ver cómo votar por correo pero las webs oficiales no dejan nada claro.
    Para darte de alta como ERTA, puede enviar la documentación o ir a un Consulado o debe ser en Embajada?

    ¡Gracias!

    • GT Voto 12/10/2015 at 15:19

      Hola Claudia! En persona a tu consulado correspondiente, a partir del 28O. Un abrazo y ayudanos a difundir la informacion!

  18. Jesus 11/10/2015 at 10:36

    Hola,

    A ver si podeis aconsejarme.

    Vivo en Oxford, por lo que mi consulado es el de Londres. Estoy mirando la sección del consulado de Londres en la web del Ministerio y en la parte del censo (http://www.exteriores.gob.es/Consulados/LONDRES/es/Consulado/Paginas/CensoElectoral.aspx) dicen que el censo (para residentes) se cerró el 1 de agosto pero que después de registrarse se puede hacer una raclamación para ser incluido en el censo y dan lo siguientes plazos (si las elecciones son convocadas oficialmente para el 20 de diciembre):

    ” Período de exposición de listas y reclamaciones censales: del 2 de noviembre al 9 de noviembre, ambos inclusive.
    Período para solicitar el voto: del 28 de octubre al 21 de noviembre.”

    Pues bien, cuando intentas solicitar cita previa, la primera fecha que te da es… después del 21 de noviembre. Eso quiere decir que como residente no te puedes registrar ya que quedarías fuera de plazo hacer la reclamación, así que la única forma es registrarse como no residente pero la fecha que te dan es la misma (es decir, fuera de plazo para pedir el voto). ¿Entonces la única opción es hacer el trámite por correo?

    PD: me suena muy vagamente que para uno de los dos trámites no necesitas cita previa pero no logro encontrar cuál de los dos era.

    • Abraham 11/10/2015 at 23:09

      Mi caso es muy parecido al de Jesus, os agradecería un poco de ayuda si tenéis tiempo. Gracias!

      • GT Voto 12/10/2015 at 15:22

        Hola! En anteriores elecciones para tramites de voto el consulado de Londres atendia cita previa. Si teneis posibilidad de aseguraros de otra forma (llamando a otra extension?) hacedlo, si os ponen problemas al respecto comentadnos que intentamos hacer presion!
        Un abrazo!

    • GT Voto 12/10/2015 at 15:21

      Hola! En anteriores elecciones para tramites de voto el consulado de Londres atendia cita previa. Si teneis posibilidad de aseguraros de otra forma (llamando a otra extension?) hacedlo, si os ponen problemas al respecto comentadnos que intentamos hacer presion!
      Un abrazo!

    • Luis 13/10/2015 at 9:17

      Hola,

      Yo me registre y vote para las catalanas en el consulado en Londres. A priori tenia el mismo problema, la primera fecha de cita previa era fuera de los plazos para inscribirse para las elecciones catalanas. Llame y me explicaron que cuando hay elecciones se puede ir sin cita previa durante los dias de reclamacion.

      Yo lo hice asi y no hubo ningun problema. Ahora tengo que ir a hacer la reclamacion tambien porque estoy inscrito en el censo CERA despues del 1 de Agosto, asi que me tocara tambien ir a reclamar la emmienda del censo. Sin cita previa durante los dias de reclamacion no deberia haber problema.

      En el mismo momento hice la inscripcion y la reclamacion del censo. Luego tuve que enviar por carta el ruego de voto (en mi caso a Barcelona).

      Un saludo,

      Luis

  19. Ahinara 10/10/2015 at 9:01

    Hola! Mil gracias por vuestra ayuda y vuestro increíble trabajo! Una pregunta. Estoy inscrita en el ERTA pero hace tres años que vivo fuera así que quizá sería momento de inscribirme en el CERA, en su momento me dio mal rollo y no me decidí. Podriaís decirme por favor a qué renunciaría estando en el CERA (al margen del tema del voto) y si hay alguna ventaja? Muchas gracias de nuevo!!

    • GT Voto 11/10/2015 at 21:38

      Hola Ainhara,

      Pues inscribirse en el CERA supone:
      – baja en el voto municipal
      – posible control para darte de baja en el sistema de salud español
      – los inconvenientes de perder el padrón en España (acceso a VPO por ejemplo)

      Ventajas:
      – trámites de ruego y voto a distancia
      – en algunos países, según convenio, reconocimiento de los años cotizados para la cotización a la pensión, que es un punto importante también.

      Es un tema a valorar según la situación personal de cada cual…un abrazo y ánimo!!

      • Ahinara 16/10/2015 at 8:21

        Mil gracias! Y para el tema del reconocimiento de los años cotizados, imagino que en un país de la UE no hay problema, no? (Vivo en Bruselas) Imagino que puedo informarme en la Tesorería General de la Seguridad Social, no? Gracias de nuevo!

  20. Jerónimo 09/10/2015 at 22:17

    Hola. Me registré temporalmente en un consulado alemán para votar en la autonómicas en Abril de este año. ¿El registro temporal es válido durante un año? ¿Qué debería de hacer? ¿Rogar el voto a partir del 28-O?

    Un millón de gracias

    • GT Voto 11/10/2015 at 21:35

      Hola Jerónimo, es válido durante un año pero hay que rogar el voto de forma presencial en el Consulado. A partir del 28O puedes, efectivamente. Un abrazo!

  21. Pepe 09/10/2015 at 15:11

    Muchas gracias por todo el trabajo que hacéis por nosotros. Nunca os lo agradeceremos lo bastante.
    Ya he marcado las fechas en mi calendario. No se me pasará.
    Una cosa que me ayudaría mucho son instrucciones para completar cada paso.
    Por ejemplo: «1) Revisa tu inscripción en el censo en el consulado del 2 al 9 de noviembre, y si hay un error, reclama». Para esto hay que ir al consulado? Se puede hacer por teléfono? Podríais añadir una frase en cada punto como: «(en la pagina web)» o «(Vete al consulado a revisarlo)».
    Con esto nadie podría decir que no encuentra su camino en este laberinto burocrático que es votar desde el extranjero.

    Besos a todas/os y muchas gracias de nuevo!

    • GT Voto 11/10/2015 at 21:34

      Hola Pepe,

      Queríamos completar la información según vaya saliendo, sí. Las reclamaciones son presenciales, lamentablemente. La consulta del censo…totalmente aleatoria. Hay consulados que te lo miran si les llamas por teléfono, otros que exponen listas, otros que te fuerzan a ir a la ventanilla y esperar la cola…alternativamente creemos que las Delegaciones del Censo o las Juntas Electorales pueden confirmaros esto (llamada a España, claro), en cuanto lo comprobemos tras la convocatoria os deicmos.

      Actualizaremos el post en cuanto tengamos más información. Gracias y un abrazo!

  22. juan 09/10/2015 at 13:15

    Para variar, más preguntas, que creo que no están respondidas: me registré en el consulado de Stuttgart en Agosto, no recuerdo el día. Hubo un error, pusieron mal mi segundo apellido, les llamé y lo corrigieron, pero esto ya fue en Septiembre. Tengo un certificado digital, y en la página del INE me dice que aún estoy empadronado en España, y que no estoy como extranjero (el censo que muestra es del 1 de Septiembre). Será demasiado tarde para votar, si aparezco en el censo del 1 de Octubre?

    Y sobre todo: vuestro gráfico dice que reclame. Mi pregunta: cómo? Con qué formulario? A quién se lo tengo que mandar? Tengo un formulario llamado «Reclamación al censo electoral de residentes ausentes que viven en el extranjero (CERA)», pero ya lo mandé cuando me registré, tengo que mandarlo de nuevo? Al consulado y a mi delegación, sólo a la delegación, a quién? Se puede hacer por correo? Cómo reclamo mi voto?

    Gracias por la ayuda, si no fuera por vosotros no podría votar nadie. Ni aún así…

    • GT Voto 11/10/2015 at 21:44

      Hola Juan!

      Pues tienes que consultar censo del 2 al 9, lamentablemente, para estar seguro. ¿Necesitas planear tu viaje a España en base a eso? Para buscar una solución intermedia.

      Reclamar se hace en el Consulado presencialmente (otro obstáculo) así que allí te deberían propiciar los medios e información precisa; suponemos que será ese mismo formulario alegando otra cosa. Si no te resuelven dudas intentamos indagar más.

      Un abrazo!

      • juan 12/10/2015 at 7:24

        Hola GT,

        gracias por responder. Llamaré mañana al consulado a ver qué me cuentan, los de Stuttgart son bastante majetes. Lo del viaje a España, no sé cuando pensaba ir. Teniendo en cuenta que no puedo votar allá, no importa mucho, no tengo que hacer ningún papeleo ni nada. Como he dicho, llamaré, y a ver qué cuentan.

        Pregunta retórica: si se está registrado en el consulado no se puede votar en España, pero el censo válido es el del 1 de Agosto. Eso quiere decir, que la gente que está registrada en CERA pero en un censo posterior, y no sabe nada de esto, no tiene derecho a voto?

        • GT Voto 12/10/2015 at 17:06

          La gente que esté registrada mas tarde del 1 de agosto sigue constando en el CER (Censo de Residentes en España) a efectos electorales y puede votar alli el dia 20.
          Animo con todo!

          • Emilio 13/10/2015 at 7:09

            Hola, yo también estoy en Stuttgart y por lo que he entendido, si estás inscrito después del 1 de Agosto (yo lo hice el 13) pero has reclamado, cosa que hice en ese momento para votar en las elecciones al parlamento de catalunya (pude votar), deberia estar ya en el censo, aunque evidentemente he de comprobarlo del 2 al 9 de noviembre. Es así?

            Muchas gracias por la ayuda!

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