Si tienes pasaporte o DNI español, vives en el extranjero y quieres ejercer tu derecho a voto en las elecciones catalanas del 21 de diciembre, tienes varias opciones en función de tu situación administrativa actual.
CASO 1: Aún no me he inscrito en el Consulado
Opción A: si voy a viajar a casa en esas fechas, planear de forma que pueda votar en urna el 21D en mi colegio electoral.
Opción B: inscripción ERTA, teniendo en cuenta desplazamientos al Consulado ya que el ruego de voto es presencial. El voto es por correo (no en urna), si vives en otro continente puede que lleguen tarde las papeletas o tu voto.
Opción C: inscripción CERA, si quieres hacerte residente permanente o si llevas más de un año residiendo en el extranjero (en este último caso porque podrían negarte la inscripción ERTA en el Consulado). IMPORTANTE: esta inscripción sólo puedes hacerla durante la semana en que se reabre el censo para reclamaciones (del 3 al 10 de noviembre).
CASO 2: Ya me he inscrito como
— Residente (CERA)
El censo es el vigente a 1 de agosto, si te inscribiste después ¡RECLAMA!
Opción A: voto desde el extranjero.
1) Revisa tu inscripción en el censo en el consulado del 3 al 10 de noviembre, o con certificado electrónico a través de esta web y si hay un error, reclama.
2) Ruega el voto entre el 29 de octubre y el 22 de noviembre.
Con certificado electrónico, mediante un certificado electrónico reconocido asociado a tu Documento Nacional de Identidad (DNI)
Con la clave de tramitación telemática (CTT), que te remitirán por correo postal al domicilio donde estás inscrito. Deberás introducir la clave CTT, seguir las instrucciones que se te presenten y adjuntar el fichero de la imagen de UNO de estos documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad española o certificado de inscripción consular.
Una vez enviada la documentación, puedes comprobar que tu inscripción ha sido aceptada y tramitada de dos formas. (Da un par de días de margen entre tu envío y la comprobación):
- Comprobándolo por internet
- En caso de que no aparezca la solicitud como “aceptada”, puedes ponerte en contacto por teléfono con tu delegación provincial del censo y consultar si ha habido algún problema, ya que aún estarías a tiempo de volver a enviarles la documentación. Aquí el listado de teléfonos.
3) Envía el voto por correo a tu consulado hasta el 20 de diciembre*, o vota en urna en el consulado entre el 17 y 21 de diciembre*, ambos incluidos (comprueba los horarios de tu consulado, ya que variarán entre un sitio y otro). *PLAZOS AMPLIADOS RECIENTEMENTE POR LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL: hasta el 21 de diciembre voto en presencia en los consulados, y hasta ese día todos los votos que se reciban por correo se admitirán
Opción B: voto por correo desde España, tiene que solicitarse en persona en cualquier oficina de correos y como mínimo 10 días antes de las elecciones. Los plazos son: hasta el día 11 de diciembre para solicitar el voto en la oficina de correos, hasta el 17 de diciembre para enviar el voto por correo a tu Junta Electoral Provincial correspondiente.
IMPORTANTE: si ya estás inscrito como CERA no puedes votar en urna en tu ciudad el 21D aunque estés allí ese día porque ya no figuras en las listas (no estás empadronado allí)
— No Residente (ERTA)
ATENCIÓN MUY IMPORTANTE: si te inscribiste como ERTA hace más de un año, (por ejemplo con motivo de las elecciones generales de junio de 2016) tu inscripción ERTA ha caducado. Acude al consulado entre el 3 y el 10 de noviembre, puede que se te pida la inscripción como residente permanente para poder votar, y el trámite sólo es posible en esa semana.
Opción A: voto en urna en España. Si vas a viajar a casa por vacaciones, puedes planear las fechas de forma que puedas VOTAR EN URNA el 21D en tu colegio electoral. Para ello NO DEBES rogar el voto en el consulado, si lo haces no podrás votar en España.
Opción B: voto desde el extranjero.
1) Ruega el voto en el consulado entre el 29 de octubre y el 22 de noviembre. El impreso te lo facilitarán allí, o lo puedes descargar aquí.
Una vez enviada la documentación, puedes comprobar que tu inscripción ha sido aceptada y tramitada de dos formas. (Da un par de días de margen entre tu envío y la comprobación):
- Comprobándolo por internet
- En caso de que no aparezca la solicitud como “aceptada”, puedes ponerte en contacto por teléfono con tu delegación provincial del censo y consultar si ha habido algún problema, ya que aún estarías a tiempo de volver a enviarles la documentación.Aquí el listado de teléfonos.
2) Vota por correo. La fecha límite para enviar tu voto es el 17 de diciembre.
Comienzo del ENVÍO DE PAPELETAS desde España (afecta tanto a CERA como a ERTA)
Si NO hay impugnación: 1 de diciembre.
Si hay impugnación: 9 de diciembre.
¡Si hay impugnación las papeletas tienen sólo 7 días para llegar!
Comunicado del GT de Voto sobre las elecciones del 21D
Comunicado del GT de Voto sobre las elecciones del 21D en Cataluña
42 Comments
Hola
Vivo temporalmente en Milán ( Erasmus) me inscribí consulado Milan y no me queda claro hasta que día puedo votar las elecciones autonómicas de Cataluña 2017.
Buenas,
vivo en francia y aunque haya realizado los correspondientes tramites para votar, aun no he recibido NADA.
A alguien que resida en Francia le han llegado ya las papeletas ?
Va a pasar como con las generales que llegaron despues …
Atentos a la ampliación de plazos!! Para residentes se puede votar hasta el día 21, estad atentos por si llegan esta semana en el último momento!
hola! como puedo saber donde he de votar si no he recibido la tarjeta censal? gracias
hola! Cómo puedo saber en qué colegio me toca votar? La tarjeta del censo no me ha llegado, hay alguna manera? gracias