PREGUNTAS FRECUENTES

Definiciones que debes conocer:

CERA: censo electoral de los residentes ausentes
ERTA: inscripción para los residentes temporales

Residente o residente permanente: Tendrán la consideración de residentes los españoles que residan habitualmente en la demarcación consular y quienes trasladen allí su residencia habitual.
No residente o residente temporal: Quienes se encuentren en una demarcación consular con carácter temporal, sin ánimo de fijar allí su residencia habitual.

SOBRE EL VOTO:

Q. ¿Qué tengo que hacer para poder votar?
Registrarte en el consulado (hay dos modalidades de registro: como residente temporal -ERTA- o como residente -CERA-), rogar el voto en el tiempo y la forma que la ley especifica tras la convocatoria de elecciones y finalmente votar. Lo puedes ejercer bien por correo postal o bien yendo personalmente a votar a la embajada/consulado (si éstas habilitan urnas, consúltalo en tu consulado) . Echa un vistazo a nuestra web y al esquema que hicimos con todos los detalles de como votar.

Q: ¿Como residente en el extranjero, puedo votar en todas las convocatorias?
Si estás inscrito en el CERA (residente), NO puedes votar en las elecciones MUNICIPALES, pero sí en todas las demás que te correspondan (a tu Comunidad Autónoma, elecciones generales y europeas) . Si estás inscrito como ERTA (residente temporal), además de las de tu Comunidad Autónoma, elecciones generales y europeas, puedes votar a las elecciones municipales del lugar donde estés empadronado en España.

Q: Soy estudiante Erasmus ¿qué tengo que hacer para votar?
Lo más conveniente para ti es inscribirte como residente temporal.

Q: ¿Cómo se vota por correo en España?
Una vez convocadas las elecciones, deberá cumplimentar una solicitud disponible en cualquier oficina del Servicio de Correos de España y dirigirla a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral. Deberá firmar la solicitud y comprobar que el empleado de Correos pone la fecha y el sello correspondiente. Recibida la documentación electoral en la dirección de España que haya señalado en la solicitud, el elector introducirá su voto en el sobre correspondiente junto la documentación indicada en la hoja informativa y lo enviará a la Mesa electoral correspondiente por correo certificado hasta el día 20 de mayo. No hay que incluir ningún documento acreditativo de su identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso su voto sería considerado nulo por la Mesa. Estos electores no podrán votar personalmente en la Mesa electoral.

Q: Soy ciudadano de la UE o extranjero con derecho a voto en las municipales, ¿puedo votar por correo desde el extranjero?
Una vez hayas comprobado que estas en el censo de tu localidad en España, la ley determina que podrás votar por correo siguiendo el mismo procedimiento establecido para los ciudadanos españoles. Mira en nuestra web los plazos y procedimientos para inscribirte en el consulado, como residente temporal.

Q: ¿Puedo votar por internet?
No.

Q: El dia de las elecciones no estaré en España. No puedo votar por correo porque las dos o tres semanas antes de las elecciones no estaré en España tampoco. Y no llego a tiempo a inscribirme en el consulado antes de la fecha límite (un mes antes de las elecciones). ¿Tengo alguna manera de poder votar?
No existe ninguna alternativa en estos casos. No podrás votar.

Q: Soy un español que reside en el extranjero y que estoy dado de alta como residente en el Registro de Matrícula Consular de mi Oficina Consular, pero me encontraré temporalmente en España en la fecha de las elecciones ¿Puedo votar?
Sí, puedes votar por correo desde cualquier oficina de CORREOS. Para ello, deberás solicitar (al igual que los residentes en territorio nacional) el voto por correo desde la fecha de la convocatoria hasta 10 dias antes de las elecciones de mayo. A partir de esa fecha te enviarán las papeletas a la dirección que hayas dado, las cuales sólo te pueden ser entregadas a ti personalmente, acreditando tu identidad con DNI o pasaporte. Nadie puede recoger las papeletas por ti, ni siquiera presentando un poder notarial, por lo que ten en cuenta que deberías estar como mínimo esas 2/3 semanas que dura la solicitud de voto en correos y la recepción de las papeletas en el domicilio.

Q: Me inscribí en el CERA cuando el censo ya estaba cerrado para las próximas elecciones. ¿Qué puedo hacer para votar en las próximas elecciones?
Los que sí se hayan registrado en el CERA pero después del plazo del cierre del censo (CERA), habrán quedado fuera del censo, y tendrán que presentar reclamación presencialmente en el consulado durante el periodo de reclamaciones.
Recomendamos que en ese mismo periodo descargue el formulario de ruego del voto y lo envíe sin esperar a que le llegue a casa.

Q: Me inscribí como permanente tras el plazo límite del cierre del censo para las elecciones. Asi que aparezco en el censo en España. ¿Puedo ir a votar en españa?
Si, a todos los efectos electorales, aun resides en España. Y estas inscrito alli. Puedes votar en urnas o por correo desde España (pregunta en CORREOS).

Q: Soy residente permanente. He cambiado mi residencia tras el cierre del censo. ¿Qué debo hacer para poder votar?
tienes solamente el periodo de reclamaciones para ir al consulado a tramitar el cambio de residencia en el CERA (si no lo hiciste ya) y que actualicen tus datos en el censo. si se te pasa ese plazo, puedes solicitar el voto pero las papeletas llegarán a tu antigua direccion y sólo pueden serte entregadas a ti en persona.

INSCRIPCIONES CONSULARES

Q: ¿Qué opciones tengo a la hora de registrarme en el consulado?
tienes dos opciones:
– residente temporal o ERTA : si estás de paso, o piensas estar menos de un año de residencia en el exterior.
– residente permanente o CERA – si estaras más de un año o si decides fijar tu residencia en el pais, debes inscribirte como residente permanente.

Q: ¿Qué implicaciones tiene que me registre como residente en el extranjero?
Si te registras como residente permanente (CERA) pierdes el derecho a votar en las elecciones municipales y además pierdes la cobertura sanitaria en España. Si te registras como residente temporal (ERTA) ningún derecho se ve afectado.

Q: ¿Pierdo la tarjeta sanitaria si me inscribo como residente temporaral (ERTA) ?
Esta inscripción no desempadrona de España, por lo que mantienes la cobertura sanitaria en los términos en los que las tenías en España.

Q: Soy no residente, ¿en qué censo aparezco?
En el censo de España (CER). Al inscribirte en el ERTA no causas baja en el padrón.

Q. ¿Qué necesito para registrarme en el consulado del país en el que resido?
Generalmente, basta con una fotografía tipo carnet, tu DNI o Pasaporte, y tu dirección en el país de residencia. Puede variar de un Consulado a otro.

Q: ¿Puedo inscribirme en cualquier consulado?
No, sólo puedes inscribirte en el consulado que te corresponda por lugar de residencia. Cada consulado tiene una “demarcación” o área asignada, y se dan ocasiones en que el consulado más cercano no tiene por qué ser el que le corresponde a tu zona. Comprueba siempre qué consulado es el que te corresponde antes de desplazarte (ya sea consultándolo con ellos por teléfono o a través de su web), ya que si no es el correcto no te permitirán inscribirte allí ni solicitar el voto.

Q: No puedo desplazarme al consulado. ¿Cómo me inscribo?
Algunos consulados permiten enviar los documentos a distancia para la inscripcion en el CERA. Contáctalos y cuéntales tu caso. Busca primero tu consulado aquí, quizás esté en la lista que hicimos
Si tienes viceconsulados honorarios cerca, ellos pueden tramitar tu inscripcion en el CERA. Mira aqui la lista completa y oficial 

Q: ¿Dónde puedo comprobar en qué dirección estoy inscrito, y si estoy inscrito en el censo en España (CER) o en el extranjero (CERA)?
Si tienes instalado un certificado electrónico de los publicados en la Sede Electrónica del INE, la comprobación del censo se puede hacer de forma online, aqui:

Quien no posea un certificado de los indicados, podrá consultar en su Ayuntamiento, Consulado correspondiente a su lugar de residencia, en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral o llamando al teléfono 901.101.900.

Los censos vigentes serán expuestos en los consulados, durante un periodo corto y definido, (consulta el gráfico de estas elecciones en nuestra web para saber las fechas) para que puedan ser consultados por las y los ciudadanos (algunos permiten consultar la inscripción en la lista por teléfono, en otros sólo de forma presencial).

Q: Cerca de mí solo hay un viceconsulado.Y el consulado mas cercano está muy lejos. ¿Puedo rogar el voto / inscribirme en el ERTA a traves de un viceconsul?
No, esto solo se puede hacer presencialmente en tu consulado. El viceconsulado solo tramita inscripciones en el CERA

141 Comments

  1. Carmen 24/11/2015 at 4:53

    Hola: He solicitado el voto por correo pero me temo que no podré recibir las papeletas porque me he mudado a otra ciudad y ya no vivo en esa dirección. Me gustaría saber si hay alguna otra forma de conseguir las papeletas antes del 16 de diciembre que es cuando tengo que ir a la embajada a votar. Gracias

    • GT Voto 02/12/2015 at 9:55

      Hola, Carmen:
      ¿Existe alguna posibilidad de que pases por tu antigua dirección a recoger el correo? Las papeletas llegarán a la dirección con la que estabas registrada cuando rogaste el voto. Como última medida puedes llamar a la Oficina del Censo Electoral para preguntarles el código de barras del envío y así intentar localizarlo a través de correos, pero no garantizamos que funcione.

  2. MJm 20/11/2015 at 5:37

    Hola,

    He estado viviendo 3 años en Japón, como residente permanente, con lo que conseguí votar en las elecciones de mayo. Me acabo de trasladar a México, y cuando he ido a inscribirme en la oficina consular y he preguntado sobre los trámites para votar en las generales, me han informado de que el plazo está cerrado, incluida la reclamación de voto. Estoy buscando alternativas, con lo que no me he inscrito como residente permanente en México dado que aquí según me indican no tengo ninguna posibilidad de votar. Estaré en España desde el 18 de Diciembre, alguna solución? Muchas gracias

    • GT Voto 02/12/2015 at 9:51

      Hola MJm:
      A estas alturas la única posibilidad que te queda es pedir el voto por correo desde España antes del 10 de diciembre, pero para eso tendrías que personarte allí 🙁
      Un abrazo

  3. Esther Hontanon 13/11/2015 at 13:55

    Soy residente permanente (Madrid) / ausente (Düsseldorf) y estoy inscrita en el CERA. En las pasadas elecciones a las CCAA voté en el consulado espanyol en
    Düsseldorf.
    No se que opciones tengo de votar a las elcciones generales del 20-D.
    Estaré todo el mes de diciembre en Madrid, por lo que no podré acudir en persona ni enviar el voto por correo al consulado.
    La documentación electoral llegará a mi domicilio de Düsseldorf pocos dias antes del 20-D y no estaré allí para recogerla
    Quisiera saber si estando en Madrid es posible votar:
    i) Acudiendo el 20-D a mi sede electoral habitual, o
    ii) Votando por correo si lo solicito antes del 10-D
    Si alguien sabe cúal(es) son las posibilidades de votar en estas circunstancias, agradecería que me lo dijera.
    Muchas gracias,
    Saludos,
    Esther
    E

    • GT Voto 13/11/2015 at 15:03

      Hola Esther! La segunda opcion! solicitas el voto por correo antes del 10D y NO RUEGUES EL VOTO BAJO NINGUN CONCEPTO, que si no te mandan las papeletas a Alemania. Un abrazo!

  4. Alba 09/11/2015 at 12:48

    Hola,

    Soy residente permanente Cera en Chile y quiero votar desde Chile por correo. ¿Que pasos tengo que seguir después de rogar el voto? ¿Cual es el certificado de censo que tengo que enviar en la carta al consulado?

    Saludos,

  5. Esperanza 06/11/2015 at 19:17

    Hola,
    Llevo toda la mañana tratando de enviar el formulario de solicitud de voto de residente en el extranjero (Panamá) a los números de fax 954 46 78 02 y 954 46 78 58 de Sevilla y dan error. En la web oficial tan solo aparece el primer número, el otro lo encontré en las redes, pero ninguno va.
    ¿Qué me recomendáis? ¿Voy de nuevo a la Embajada?
    Gracias!

    • GT Voto 07/11/2015 at 15:56

      Hola Esperanza,
      a lo mejor puedes llamarlos por teléfono (954 46 72 10) y preguntarles si están teniendo problemas con el fax, les dices los números y les preguntas si tendrían algún número más al que poder remitirles el formulario. En la embajada normalmente se desentienden con el proceso de solicitud, pero si nada de esto funcionase, puedes contactar con ellos para pedirles ayuda ¡Ya nos cuentas cómo ha ido todo!

  6. María 05/11/2015 at 22:43

    Hola, tengo una pregunta. Si las papeletas no llegan a tiempo, ¿existe la posibilidad de votar en urna en el consulado para los CERA? ¿Sabéis qué documentación habría que llevar?
    Gracias,
    María

    • GT Voto 07/11/2015 at 15:48

      Hola María,
      lamentablemente, si las papeletas no llegan a tiempo no hay ninguna otra alternativa, ya que aunque entre el 16 y el 18 se puede votar en urna en el consulado, allí no disponen de papeletas ni documentación, de modo que dependes de que previamente te hayan llegado estas por correo. El voto en urna en los consulados es en cierto modo una pantomima: no es realmente un voto presencial como en una mesa electoral en España, porque para eso tendría que haber allí papeletas y toda la documentación necesaria. Es simplemente un depósito del voto por correo, así que no hay forma de votar si no te llegan las papeletas.

      La única opción que existe para los CERA (si no ruegas el voto fuera), es, si tienes la suerte de poder pillar vacaciones en diciembre, solicitar el voto en España antes del dia 10 de diciembre y votar allí por correo hasta el día 16. Si no tienes esta posibilidad, y tienes que votar desde el extranjero sí o sí, o ya has solicitado el voto, solo te queda cruzar los dedos para que las papeletas lleguen…
      siento no darte mejores noticias.
      Un abrazo y mucha suerte!

  7. Carlos 05/10/2015 at 11:49

    Vivo en Múnich desde hace 3 años. Por suerte, pude votar por rogado en las europeas y las autonómicas.

    Resulta que me acabo de mudar a otro piso en esta misma ciudad.

    ¿Cómo puedo actualizar mis datos en el CERA? Supongo que yendo al consulado general. ¿Pero al estar ya cerrado el censo para las elecciones generales me dejarán votar? ¿O me enviarán las papeletas a mi dirección antigua? (Esto no sería mucho problema porque tengo contratado un servicio para que me reenvíen automáticamente todas las cartas a mi dirección nueva, pero parece un chanchullo…)

    ¡Muchas gracias por vuestro tiempo y dedicación!

    • eli 06/10/2015 at 11:14

      Tienes solamente el periodo de reclamaciones para ir al consulado a tramitar el cambio de residencia en el CERA (si no lo hiciste ya) y que actualicen tus datos en el censo. Consulta a tu consulado el plazo para reclamar. Si se te pasa ese plazo, puedes solicitar el voto pero las papeletas llegarán a tu antigua direccion y sólo pueden serte entregadas a ti en persona. Te aviso que yo tramité el cambio en plazo en el consulado de Lima y de todos modo me llegó a mi antigua dirección, así que estate pendiente.

  8. Chelo 05/10/2015 at 11:33

    Hola
    Vivo desde Agosto en UK y estoy registrada e el consulado como residente (lo hice este septiembre), sin embargo por lo que podido ver en en enlace para comprobar donde estas censado en la Sede Electrónica del INE, el censo se cerró en septiembre y aparezco censada en Madrid que era donde residía. Significa eso que, a no ser que esté en España paar el 20D, tengo que solicitar el voto por correo como si viviera en España? Puedo hacerlo desde el extranjero? Y en ese caso, cuales serían los plazos y como tendría que hacerlo?

    Saludos y gracias

  9. Saa 05/10/2015 at 10:07

    Hola Marea,

    Vivo en Berlin desde hace un par de años. Me registre aqui con el anmeldung este, pero no hice nada en el consulado (que yo sepa). ¿Cómo puedo comprobar si estoy registrado de alguna manera en el consulado?, y en caso de no estarlo, puedo volver a casa por navidad, y aprovechar para votar alli, ¿no?

    Gracias de antebrazo.

    • clara 05/10/2015 at 10:44

      el Anmeldung es solo el empadronamiento en alemania, tu oficialmente no Estas registrada en el consulado hasta que no vas ahi a registrarte….

  10. AHAMED 05/10/2015 at 3:26

    Hola,resido en Toronto desde hace dos anos, no estoy registrado en el consulado espanol,estoy todavia a tiempo de poder registrarme para votar en las elecciones generales el 20 D?
    Espero que me ayuden para poder ir a registrarme si estoy todavia dentro de plazo de inscripcion para votar en la generales.
    Gracias

  11. VICTORIA 04/10/2015 at 20:44

    Hola,
    Yo estoy inscrita en el consulado de París como residente permanente pero vuelvo definitivamente a España el 21 de Noviembre por causas laborales. ¿Alguien podría decirme qué procedimiento deberé tomar para poder votar?

    • eli 06/10/2015 at 11:15

      Solo tienes que volver a empadronarte en España. Si vuelves a tu residencia anterior no tienes problemas porque tu colegio electoral es el mismo.

  12. MMB 21/09/2015 at 15:01

    Hola,
    ¿Sabeis cual es el procedimiento para reclamar el reembolso del coste del voto que hubo que enviar por correo certificado? Gracias!

    • Jose 05/10/2015 at 5:28

      Mi mujer y yo aún estamos esperando el de las elecciones andaluzas de primavera. Creo que nunca veremos ese dinero…

    • kyq 05/10/2015 at 8:00

      Hola! Yo contacté con Correos y parece que le han pasado la patata a las comunidades autónomas. Además, me dijeron que solo devolverán el dinero aquellas CCAA que lo hubieran solicitado.

      Pregunta en tu comunidad autónoma.

      Salud!

  13. dory 14/08/2015 at 15:42

    Estaré en Espanya hasta el 8 septiembre. Vivo en Italia. Agradeceria me informaran por email que tengo que hacer para votar y si puedo hacer algo o dirigirme a algun sitio para poder tramitarlo desde Espanya ya que me resulta mas facil
    Muchas gracias por la respuesta.

  14. GGenerales? 11/06/2015 at 14:57

    Hola. Quisiera saber cual es la fecha limite o, si existe, la fecha oficial para convocar las elecciones generales 2015 en Espanya. Resido temporalmente en Londres y quisiera viajar a Espanya para votar, asi que para organizar mi viaje me vendria bien saber cuando se hara publica la fecha.
    Por otra parte, para votar por correo en las elecciones catalanas del 27 de septiembre, sabeis cuando se abre el plazo? No encuentro esta informacion en la web del consulado.
    Mil gracias. Que alegria haberos encontrado.

    • Marta 16/06/2015 at 10:06

      Yo tengo la misma pregunta con respecto a las generales aunque mi intención es pedir el voto por correo.

      Espero que la información llegue a tiempo y con plazo suficiente para poder hacer los trámites. Estoy segura que habrá más información aquí que en la web del ministerio.

      Gracias por vuestra labor!

  15. LLM 01/06/2015 at 10:04

    Hola, tengo la siguiente pregunta urgente: Llevo 8 anos viviendo en Alemania, pero todavía no me he escrito en el Consulado. Puedo inscribirme como no residente?

    • GT Voto 03/06/2015 at 7:02

      Hola!!
      Pues están poniendo muchos problemas en Alemania porque os piden el empadronamiento, así que lo vemos complicado. Si quieres intentarlo te podemos dar la legislación disponible, donde en ningún caso dice que tenga que ser así, para que vayas con ella en mano a ver si así entran en razón…ya nos dices, un abrazo!

      • i_onti 04/06/2015 at 11:58

        Hola! Yo también he venido a vivir a Alemania y tenía una pregunta: Quisiera saber si el empadronamiento lo piden tanto para el ERTA como para el CERA.
        En cualquier caso, podríais enviarme la legislación disponible por si acaso?
        Muchas gracias de antemano!! Haceis un gran trabajo!!

        • GT Voto 09/06/2015 at 9:08

          Hola!! Ahora mismo recopilamos la informacion y te la pasamos, perdon por el retraso en contestar!
          Un abrazo!

  16. josema ruiz 28/05/2015 at 20:14

    Las listas electorales para las elecciones en catalunya que se celebraran el 27 de septiembe se cerreran el 29 de mayo. Es decir, todo el que se inscriba como residente a partir de esa fecha, tendra que presentar reclamacion en los plazos establecidos, a partir del sexto dia tras la convocación de las elecciones, durante un plazo de unos 9 dias. Si no presentan reclamacion no estarán incluidos en las listas y no recibirán la solicitud de voto por correo a su domicilio.

  17. Marta 25/05/2015 at 23:06

    Hola, Veo que hay mucha información y me lio un poco. Vivo en Londres y no estoy dada de alta en el consulado. Puedo votar en las Generales si me doy de alta como temporal? (ya que entiendo que no me da tiempo como permanente?) Gracias. Un saludo

    • GT Voto 27/05/2015 at 9:06

      Hola Marta, ahora mismo estás a tiempo a registrarte como permanente para las generales, así que pide cita en el consulado. Están poniendo muchas trabas a inscribirse como temporal, así que quizá te convenga hacerlo como permanente cuanto antes.
      Un abrazo!

      • Marta 27/05/2015 at 18:44

        Gracias por la respuesta! Eso haré.

  18. Adriana 13/05/2015 at 8:12

    Hola! vivo en alemania y ayer recibí mis papeletas para votar por correo. He preparado todo según las instrucciones en el sobre pero tengo una duda. Al no poder ir directamente a la oficina consular tengo que enviarlo por correo y en ese caso pone en las instrucciones que me tengo que asegurar que el sobre va con un matasellos oficial con la fecha. Alguien ha hecho esto antes en Alemania y sabe cómo se pide en correos? Gracias y un saludo!

  19. Daniel Glez. 08/05/2015 at 17:42

    Hola, estoy inscrito en el CERA en Perú. Nunca me llegaron papeletas para votar o nada parecido. Ahora conseguí mi certificado digital y al entrar al INE veo que estoy inscrito correctamente viviendo en Perú, pero no se si hay que solicitar las papeletas para votar, tengo que esperar a que me lleguen o tendrán todas las opciones en el consulado el día de elecciones.
    Un saludo

    • Jonathan 18/11/2015 at 19:07

      Hola Daniel.
      ¿Cómo conseguiste tu certificado digital? ¿Qué proceso llevaste?
      Gracias.

  20. Ana 26/04/2015 at 10:45

    Hola,

    Estoy registrada en el CERA y ya he rogado mi voto pero ahora resulta que no podré ir a votar al consulado ese día. Cómo hago para votar por correo?
    Gracias

    • GT Voto 26/04/2015 at 12:58

      Mandando por correo el voto al Consulado, te llegarán las papeletas con instrucciones precisas, alternativamente te lo contamos aquí
      https://mareagranate.org/?p=2791

  21. David Martinez Juanes 14/04/2015 at 16:54

    Buenas tardes. Llevo desde hace casi 4 años viviendo en Edimburgo y me gustaría votar en España pero creo que estoy registrado para el voto de aquí pero no tengo intención de votar ya que no conozco ni me interesa mucho la política en este país.

    Estaba pensando ir al consulado para preguntar pero ando hiper liado de trabajo y temo que allí sólo me vayan a dar largas.

    ¿Me podríais ayudar?, esta ayuda nos sirve tanto a mi como a mi chica que también es Española.

    Muchas gracias.

    • GT Voto 14/04/2015 at 17:36

      Hola David, estaras registrado para el voto en elecciones municipales y europeas; eso no te quita tu derecho a voto en las autonomicas ni en las generales.
      Id al Consulado, pedird la inscripcion como residentes temporales -intentad evitar mencionar que llevais tiempo fuera, porque ahora mismo es la unica opcion que teneis para votar, y si se ponen pesados que os saquen la ley donde diga que no podeis inscribiros como temporales- y solicitar el voto al mismo tiempo.
      Suerte! Un abrazo!

      • David Martinez Juanes 21/04/2015 at 9:52

        Muchísimas gracias.

        Así lo haremos

  22. Amada Peñalsoa 07/04/2015 at 19:05

    Hola, no consigo saber cómo hay que hacer si estás registrado como CERA pero ha habido un cambio de dirección. ¿Se puede hacer el cambio por mail, por carta o hay que desplazarte al consulado?

    Muchas gracias

    • GT Voto 07/04/2015 at 19:22

      Hola Amada, pues esto depende mucho del Consulado. ¿Has podido llamar al tuyo para consultarles? Porque es totalmente aleatorio lamentablemente…es bastante posible que te toque acercarte al consulado en persona, y tendrías hasta el día 13. Un abrazo y suerte!

  23. Marisa Almor 06/04/2015 at 2:02

    Hola compas,

    ¿Me podéis dar el artículo de Ley que hay que derogar? 😉 Es para incluirlo en el programa de Aragón. Somos conscientes de que no tenemos competencia en ese aspecto, pero no está de más hacer nuestra la reclamación. Si queréis, podéis enviarme una propuesta mínima, de un párrafo, para que la incluyamos en nuestro Programa. Más adelante la desarrollaríamos debidamente.

    Por cierto, el plazo es ya, como todo en Podemos 😉

    Saludos desde BRU,

    Marisa

  24. MG Admin 03/04/2015 at 9:57

    Hola Mike, nosotras mismas. Somos un colectivo autogestionado.

    Un saludo

  25. mike 02/04/2015 at 19:46

    Hola, quien financia esta organización?

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