CÓMO VOTAR EN LAS ELECCIONES GENERALES 26J DESDE EL EXTERIOR: OPCIONES Y PLAZOS
— 02/05/2016 344 109535Si tienes pasaporte o DNI español, vives en el extranjero y quieres ejercer tu derecho a voto en las elecciones generales el próximo 26 de junio de 2016, tienes varias opciones en función de tu situación administrativa actual.
CASO 1: Aún no me he inscrito en el Consulado
Opción A: si voy a viajar a casa por vacaciones, planear las fechas de forma que pueda votar en urna el 26J en mi colegio electoral.
Opción B: inscripción ERTA, teniendo en cuenta desplazamientos al Consulado ya que el ruego de voto es presencial. El voto es por correo (no en urna), si vives en otro continente puede que lleguen tarde las papeletas o tu voto.
Opción C: inscripción CERA, si quieres hacerte residente permanente o si llevas más de un año residiendo en el extranjero (en este último caso porque podrían negarte la inscripción ERTA en el Consulado). IMPORTANTE: esta inscripción sólo puedes hacerla durante la semana en que se reabre el censo para reclamaciones (del 9 al 16 de mayo).
CASO 2: Ya me he inscrito como
— Residente (CERA)
El censo es el vigente a 1 de marzo, si te inscribiste después ¡RECLAMA!
Opción A: voto desde el extranjero.
1) Revisa tu inscripción en el censo en el consulado del 9 al 16 de mayo, y si hay un error, reclama.
2) Ruega el voto entre el 4 de mayo y el 6 de junio.
- Por fax o correo ordinario a la Delegación Provincial del Censo que os corresponda. Os dejamos el documento a enviar (disponible a partir del día 4) con las instrucciones para inscritos en el CERA.
- Por internet. Tenéis dos opciones:
Con certificado electrónico (disponible a partir del día 4), deberás acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es mediante un certificado electrónico reconocido asociado a tu Documento Nacional de Identidad (DNI)
Con la clave de tramitación telemática (CTT), que te remitirán por correo postal al domicilio donde estás inscrito. Deberás acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/Solicitud_voto_CERA mediante la CTT, seguir las instrucciones que se te presenten y adjuntar el fichero de la imagen de UNO de estos documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad española o certificado de inscripción consular.
Una vez enviada la documentación, puedes comprobar que tu inscripción ha sido aceptada y tramitada de dos formas. (Da un par de días de margen entre tu envío y la comprobación):
- Comprobándolo por internet
- En caso de que no aparezca la solicitud como “aceptada”, puedes ponerte en contacto por teléfono con tu delegación provincial del censo y consultar si ha habido algún problema, ya que aún estarías a tiempo de volver a enviarles la documentación. Aquí el listado de teléfonos.
3) Envía el voto por correo a tu consulado hasta el 21 de junio, o vota en urna en el consulado entre el 22 y 24 de junio, ambos incluidos.
Opción B: voto por correo desde España, tiene que solicitarse en persona en cualquier oficina de correos y como mínimo 10 días antes de las elecciones. Los plazos son: hasta el día 16 junio para solicitarlo en la oficina de correos, del 6 al 19 junio la Oficina del Censo Electoral envía la documentación al votante, que tiene hasta el 22 de junio para enviar su voto. Información detallada aquí.
IMPORTANTE: si ya estás inscrito como CERA no puedes votar en urna en tu ciudad el 26J aunque estés allí ese día porque ya no figuras en las listas (no estás empadronado allí)
— No Residente (ERTA)
ATENCIÓN MUY IMPORTANTE: si te inscribiste como ERTA hace más de un año, (por ejemplo con motivo de las elecciones de mayo de 2015 o las elecciones andaluzas de marzo de 2015) tu inscripción ERTA ha caducado. Acude al consulado entre el 9 y 16 de mayo, puede que se te pida la inscripción como residente permanente para poder votar, y el trámite sólo es posible en esa semana.
Opción A: voto en urna en España. Si vas a viajar a casa por vacaciones, puedes planear las fechas de forma que puedas VOTAR EN URNA el 26J en tu colegio electoral. Para ello NO DEBES rogar el voto en el consulado, si lo haces no podrás votar en España.
Opción B: voto desde el extranjero.
1) Ruega el voto en el consulado entre el 4 de mayo y el 6 de junio.
Una vez enviada la documentación, puedes comprobar que tu inscripción ha sido aceptada y tramitada de dos formas. (Da un par de días de margen entre tu envío y la comprobación):
- Comprobándolo por internet
- En caso de que no aparezca la solicitud como “aceptada”, puedes ponerte en contacto por teléfono con tu delegación provincial del censo y consultar si ha habido algún problema, ya que aún estarías a tiempo de volver a enviarles la documentación. Aquí el listado de teléfonos.
2) Vota por correo. La fecha límite para enviar tu voto es el 22 de junio.
Comienzo del ENVÍO DE PAPELETAS desde España (afecta tanto a CERA como a ERTA)
Si NO hay impugnación: entre el 6 y el 8 de junio
Si hay impugnación: 14 de junio
¡Si hay impugnación las papeletas tienen sólo 7 días para llegar!
344 Comments
Hola a todos!
Somos un matrimonio de españoles y queremos votar en las elecciones al Parlamento de Galicia el próximo 25 de septiembre. Vivimos en EEUU y tenemos las papeletas ya con nosotros pero no nos queda claro de qué forma debemos enviar nuestro voto. En USPS (servicio postal de EEUU) nos han dicho que no se pueden enviar cartas certificadas (Certified Mail) al extranjero. Esperamos que nos podáis ayudar.
Saludos
Hola! Vivo en Israel y no me llegaron las papeletas para votar… Pensaba que el cartero habría devuelto el sobre al no ver mi nombre en hebreo en el buzón (a veces eso les confunde)… Pero resulta que justo hoy me he encontrado el sobre en la documentación en el buzón. Solicité el voto con mucha antelación y me ha dado mucha rabia no poder votar. Hay alguna vía para reclamar? Muchas gracias!