Análisis de las Proposiciones de Ley de UP/PSOE y ERC sobre la modificación del voto exterior

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Las Proposiciones de Ley presentadas por  ERC y UP/PSOE para la reforma de la LOREG en lo tocante al voto exterior están cargadas de esperanza democrática. Parecía claro el consenso general a la necesidad de modificar la ley para devolver la voz al colectivo de personas españolas en el exterior, pero quedaba la duda de si la tan necesitada reforma se quedaría en una operación superficial, dejando atrás otros factores cruciales para la posibilitación del voto de la diáspora. Sin embargo, el tono tanto de una como de la otra parece indicar que se efectuarán cambios integrales. En este comunicado avanzamos un análisis de ambas propuestas, sus puntos fuertes, pero también las enmiendas que desde Marea Granate consideramos necesarias para la reforma integral que venimos reclamando desde hace unos años. 

1. Cuestión de principio: los derechos fundamentales no se ruegan.

Una de las medidas más sustanciales es la derogación del ruego del voto, elemento crucial de la reforma, y que afecta tanto a una cuestión de principio, el derecho inalienable e incondicional al voto, como a efectos prácticos en el ejercicio del mismo: el ruego supone una importante demora en el  proceso del voto. 

2. Garantías previas

La reforma de la ley no podía ser un retorno al sistema previo, dadas las desconfianzas y las posibles brechas de seguridad en la propia legislación. De manera que se mantienen los procedimientos destinados a garantizar la identidad de votante, como la obligatoriedad de introducir una copia del pasaporte o DNI entre la documentación electoral a remitir. De la misma manera, y para ahuyentar el fantasma del voto de los fallecidos, se introduce en la PL de UP/PSOE una disposición final encaminada al mantenimiento de un censo limpio, es decir, en el que no haya electores que no deberían constar como tales. Como veremos más adelante, consideramos que un censo actualizado es tanto aquel que no incluye a las personas que no deben formar parte de él, como el que incluye a quienes sí deben hacerlo y en este sentido, subrayamos la necesidad de paliar las barreras consulares con la puesta a disposición de mecanismos que permitan realizar los trámites sin dificultad.

3. Posibilitación del voto. 

En este apartado incluimos las medidas que, a nivel práctico, posibilitan el ejercicio del voto. Y se refieren tanto a los trámites consulares como al envío de documentación consular. 

Decíamos en el apartado anterior que se introduce una disposición con el fin de mantener un censo saneado, no obstante, consideramos que la definición de un censo actualizado comporta tanto la baja de quienes no residen ya en el extranjero o han fallecido, como el alta de las personas que se han mudado o residen en el extranjero; de acuerdo con las encuestas que hemos realizado en sucesivas elecciones, la inaccesibilidad consular constituye la primera de las importantes barreras a la hora de no poder votar. Sea esto por cuestiones de distancia entre el domicilio y el consulado, horarios incompatibles con el laboral, u otras causas. Somos conscientes de que este apartado no pertenece al ámbito de la LOREG pero consideramos necesario mencionar el enorme impacto de esta medida en la participación exterior. En este sentido, Marea Granate ha incluido entre sus demandas la posibilidad de realizar trámites consulares de manera digital o a distancia y confiamos en que esta barrera sea disuelta en las legislaciones y reglamentos que corresponden. 

Puntos que afectan a los envíos de documentación electoral con sus estrechos tiempos. 

Otro de los grandes escollos del voto exterior bajo la LOREG son los cortos plazos con los que cuenta la documentación electoral para alcanzar desde España a la ciudadanía en el exterior —recordemos que, en caso de darse impugnaciones a las listas,  las papeletas disponen tan solo de siete días para alcanzar al elector y retornar a su consulado o Junta Electoral— , pero también la pérdida de votos desde los consulados al escrutinio general, en particular, los votos depositados en la urna consular el mismo fin de semana en que se celebran las elecciones presentan graves dificultades, cuando no imposibilidad de alcanzar el escrutinio general. Comentamos a continuación las medidas que presentan ambas Proposiciones para paliar estas dificultades. 

La PL de ERC presentaba en su propuesta el envío de una papeleta en blanco rellenable por el elector, de manera que esta le alcanzara con mayor premura. Esta opción supondría una ventaja para quienes sufren la brecha digital, sea por conectividad o indisposición al uso de medios telemáticos, frente a la propuesta por UP/PSOE: la descarga telemática de la papeleta. 

La papeleta en blanco podría producir importantes problemas, como el envío temprano de material (que resultaría en la nulidad del voto),  la posible duda sobre la voluntad del elector si no hubiera escrito adecuadamente las siglas de la formación política concreta; por si esto fuera poco, la desventaja de formaciones nuevas o minoritarias de las que el elector no tendría conocimiento sino a posteriori.

La descarga telemática de las papeletas evitaría estos problemas, además de reducir a cero el riesgo de que la documentación no alcance al elector por la demora del correo. Sin embargo, consideramos que es necesario añadir garantías que eviten la brecha digital, proponiendo alternativas en caso de no poder realizar la descarga telemática, sea disponiendo medios para que los consulados  o las Oficinas del censo correspondientes envíen papeletas impresas a los electores que así lo soliciten. 

En el texto de la Proposición de UP/PSOE se añade que los consulados dispongan de papeletas los días habilitados para el voto. Esto no está exento de dificultad, en particular en el caso de las elecciones generales, en las que se habrían de disponer los cincuenta y dos juegos de papeletas, lo cual podría dar lugar a confusiones o cruzado de papeletas que terminaran siendo eliminadas al haber sido elegida la papeleta de la provincia equivocada, no obstante, confiamos en que, en caso de implementarse, se garantice un claro  protocolo que eviten los posibles errores. 

Voto por delegación, solución para múltiples dificultades

Otra alternativa a la brecha digital sería la introducción del mecanismo de voto por delegación, tal como se aplica en Francia o el ya contemplado por la LOREG para aquellas personas que, por motivo de enfermedad, no pueden acudir a votar. El voto por delegación supondría también una solución para aquellos países en los que el correo es pobre o inexistente y para aquellas personas que se encuentran de viaje durante el periodo electoral. 

Llegada de papeletas al escrutinio

Con respecto a evitar la no llegada de votos al escrutinio general, se proponen dos medidas:

Apertura consulado fin de semana anterior a la celebración de las elecciones, algo que posibilitaría el voto en urna consular para quienes no pueden hacerlo los días laborales. 

Esto, junto al escrutinio cinco días después de elecciones (como pide UP/PSOE), o bien ocho (como pedimos tanto ERC como MG). Si bien, considerando que los votos pueden depositarse el fin de semana anterior, el arco de 5 días después de las elecciones podría ser suficiente y no demoraría la proclamación de los resultados electorales. 

Por otra parte, la PL de ERC excluía la obligatoriedad del elector de utilizar la modalidad certificada para el envío de su voto, mientras que la PL de UP/PSOE lo incluye. Esto presenta dificultades para los electores en cuyos países no existe la modalidad de envío certificado, como Reino Unido, y posibilitaría la anulación del voto por una cuestión de forma que no atañe a la propia validez del voto, por lo que consideramos que debe ser excluida del texto de la ley. 

Por último, la PL de UP/PSOE describe la modalidad de envío de votos desde los consulados a España como envío electoral. Consideramos que las garantías de la valija diplomática no pueden equipararse a otros medios, menos aún al uso de empresas privadas para envíos masivos de información altamente confidencial como es el voto de los electores. Recordemos que en las elecciones generales de 2019 se perdieron once mil votos en el envío a escrutinio general . Por este motivo, consideramos que el texto debiera recoger la modalidad de valija diplomática. 

4. Restauración de confianza del electorado

La contrarreforma tardará un tiempo en ver los frutos en una participación exterior más elevada y es que diez años de desmotivación del electorado no se borran de un golpe. La última encuesta de Marea Granate mostró cómo los electores han ido perdiendo motivación para votar con cada convocatoria en la que han visto cómo sus papeletas no llegaban a tiempo, debía aportar un importante desembolso por los costes del envío postal que nunca se le retornaba o desconocía si su voto había sido finalmente escrutado. La restauración de la confianza democrática es tan importante como la disposición de medidas que faciliten el voto, pues de otra manera, los esfuerzos serán baldíos. 

En este sentido, nos alarma la ausencia de medidas que recojan de trazabilidad de voto en ambas propuestas, puesto que genera mucha desconfianza no saber si el voto ha sido finalmente escrutado o no. Es necesario recordar que cuando el funcionario abre el sobre que contiene la documentación electoral, queda registrado electrónicamente que tal voto ha sido emitido, para evitar duplicaciones, etc. De manera que la información está disponible. Se trataría de bien crear una plataforma telemática en la que el elector, previa autenticación, pudiera comprobar si su voto cuenta como emitido  o no, de la misma forma que se ha posibilitado el ruego mediante plataforma telemática del INE. Las tarjetas censales de los electores son escaneadas antes de introducir el voto en las urnas en el escrutinio general, de manera que el voto queda registrado en la base de datos electrónica, solo sería necesario habilitar la plataforma telemática que permitiera al elector consultar el estado de su voto como aceptado o no aceptado. En su defecto, debería contemplarse la posibilidad de que el elector pudiera reclamar la verificación a la Junta Electoral o la Oficina del Censo correspondiente. 

Nos congratula comprobar cómo en ambas PL se refuerza la idea de la garantía de gratuidad del voto, puesto que esta supone un gran motivo de desmotivación para los electores que ven cómo no se reembolsa el coste del envío, o se hace defectuosamente, por ser devuelta una cantidad sensiblemente menor a la desembolsada o el reembolso es impracticable por haber llegado demasiado tarde o no reunir los requisitos requeridos para hacerlo canjeable. El escándalo de fondos destinados a cubrir los costes del envío de votos fue ya denunciado por el Tribunal de Cuentas.

Otro mecanismo que contribuirá a restaurar la confianza perdida en el proceso electoral es la obligatoriedad incluida en la PL de UP/PSOE de publicar las actas y el desglose detallado de los votos emitidos, así como el reforzamiento del protocolo de control consular en cuanto al precintado diario de la urna consular. 

A petición de la OSCE, Marea Granate solicitó la posibilitación de auditoría ciudadana a los consulados en periodo electoral, es decir, que se autorice la presencia de observadores civiles, a parte de los apoderados de los partidos que así lo soliciten, pero esta medida no ha sido incluida en ninguna de las dos PL y consideramos que se trata de una carencia importante. 

5. Otras medidas fuera del ámbito de la LOREG

Existen otro tipo de medidas que incluimos en las demandas de Marea Granate que no están cubiertas en las PL presentadas, por pertenecer a otra esfera jurídica, pero que consideramos necesario señalar y confiamos en que se camine en esta dirección. 

Otra cuestión importante que será fundamental para el éxito de la reforma es la necesidad de la difusión profusa de información con respecto a los procedimientos de manera que el electorado no se encuentre con la sorpresa de haberse quedado sin votar por no conocer los pasos a dar. En este sentido, consideramos esencial que se garantice un uso profuso de difusión por parte del estado, en tanto en cuanto los requisitos para ejercer el derecho al voto están lejos de ser sencillos. 

Una de ellas es la equiparación de los procedimientos para electores tanto con residencia permanente (CERA) como temporal (ERTA), así como los derechos electorales. Esto tanto en lo referente al registro como a los propios procedimientos de votación. Porque un censo actualizado es tanto aquél que no contiene a las personas que no deben pertenecer a él como incluir a las personas que sí deben hacerlo. Y como hemos dicho, en muchos casos, la distancia o los horarios de los consulados resultan barreras insalvables para muchas personas, por lo que continuamos demandando la posibilidad de un registro a distancia, telemático, por correo, etc. 

Por otra parte, queremos recordar la necesidad de adecuar los recursos, tanto humanos como tecnológicos para tanto eliminar las posibles cargas de trabajo excesivas, la precariedad laboral y garantizar el buen funcionamiento de las instituciones implicadas en los procesos electorales. 

En definitiva, ambas proposiciones dan motivos para la esperanza y desde Marea Granate confiamos en que se lleve a cabo la reforma por la que llevamos tantos años luchando. 

GT Voto


El Grupo de Trabajo del Voto, formado por integrantes de diversos nodos, comienza su actividad como respuesta a la falta de información existente sobre cómo votar desde el extranjero de cara a las Elecciones Europeas de 2014.

Llevamos más de un año empollando la legislación, escribiendo a consulados y embajadas de todo el mundo, denunciando irregularidades, facilitando información de plazos y procedimientos, haciendo el trabajo que las instituciones no hacen, respondiendo a un sinfín de consultas diarias y exigiendo a la Administración información clara sobre el proceso y la supresión del voto rogado.

Por todo ello, hoy Marea Granate es un referente en la denuncia del Voto Robado, así como en informar sobre cómo rogar eso que hasta 2010 era un derecho.

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1 Comment

  1. Celia 29/04/2021 at 15:02

    Muchas gracias por este análisis y por la labor de la Marea Granate.

    Quisiera añadir un punto que creo que debería abordarse de una forma más explícita, y es relativo al punto de « Una de ellas es la equiparación de los procedimientos para electores tanto con residencia permanente (CERA) como temporal (ERTA), así como los derechos electorales. Esto tanto en lo referente al registro como a los propios procedimientos de votación. »

    En el caso de los electores con categoría ERTA, a día de hoy se nos solicita que enviemos por correo nuestro voto a la mesa electoral que corresponda ya que no tenemos derecho a usar las urnas que se instalan en el Consulado (pese a que las urnas tienen sus propias limitaciones, como bien analizáis). Para enviar el voto por correo y que llegue a tiempo a España, se asume que el sistema de correos del país donde estemos funcionaría y sería capaz de llevar el voto en un tiempo extremadamente corto hasta España, lo cual en general nunca es el caso (para las elecciones del 4M me dijeron que el sistema de correos del pais tardaria 30 dias en llevar mi voto a España, esto obviamente me excluye). Pese a que, al menos para las elecciones del 4M en Madrid se ha autorizado el envío por mensajería privada, claramente no han pensando mucho en cómo es el proceso puesto que ni siquiera indican donde enviarlo, solo dicen « a la mesa electoral » pero evidentemente no puedo mandar con antelacion mi voto al colegio electoral porque no hay nadie autorizado a recogerlo y las empresas de mensajeria privada no disponen de los protocolos de Correos para custodiar el voto. He consultado con la JEC, la Junta Provincial, la Junta de Zona de Madrid, y el servicio de atencion al ciudadano de la Comunidad de Madrid, y nadie tiene una respuesta certera. Lo cual me induce a pensar que pese a todo el esfuerzo, mi voto nunca llegue a destino y no hay trazabilidad para saberlo.

    Por ello, concretamente para las personas inscritas como ERTA, creo que debería equipararse a los Residentes Permanentes, como bien indicais, pero si esto no sucede o hasta que suceda, debería autorizarse el envío (y garantizar el reembolso, puesto que puede salir bastante caro votar mandando un correo express) del uso de mensajería privada sistemáticamente, y que sea obligatorio dar la dirección exacta a la que debe enviarse. Me parece inadmisible estar un dia antes del cierre de plazo teniendo que llamar a unos y a otros para ver donde lo envío y que nadie me sepa indicar… y como yo, imagino que habrá otras tantas personas volviéndose locas 🙁

    Obviamente como mencionais, no hay manera de saber si

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