ELECCIONES MUNICIPALES Y AUTONÓMICAS 2015

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¿Cómo votar en las elecciones Municipales y Autonómicas desde el extranjero?

Si tienes pasaporte español, vives en el extranjero y quieres ejercer tu derecho a voto en las elecciones Municipales y Autonómicas el próximo 24 de Mayo de 2015, tienes varias opciones en función de tu situación administrativa actual.

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Caso 1: Estás inscrito/a como Residente Ausente (CERA)

El CERA, o Censo de Españoles Residentes Ausentes es un censo de ciudadanos/as españoles/as residentes en el exterior del que llevan cuenta las Embajadas y Consulados y en el que todas las personas que vivimos fuera de forma permanente deberíamos estar inscritas.

Desde el cambio de la Ley Electoral en 2011, los residentes en el extranjero ya no tienen derecho a votar en las elecciones municipales. Por lo que sólo podríais votar por vuestra comunidad autónoma, en caso ser de alguna de las siguientes:  Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla León, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, Valencia, Ceuta y Melilla.

Si estás inscrito/a, tienes que hacer lo siguiente para votar:

A) Consultar que estás correctamente inscrito en el censo electoral * (ver información extendida más abajo)

B) Solicitar la documentación de voto a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo desde el 1 hasta el 25 de abril.

Alternativamente al fax y correo ordinario, desde estas elecciones se ha puesto en marcha un sistema de ruego de voto por internet. Si quereis solicitar vuestro voto de esta manera teneis dos opciones:
– Por internet con certificado electrónico. Deberás acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es mediante un certificado electrónico reconocido asociado a tu Documento Nacional de Identidad (DNI).
– Por internet con la clave de tramitación telemática (CTT) que te remitirán por correo postal al domicilio donde estás inscrito. Deberás acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/Solicitud_voto_CERA mediante la CTT, seguir las instrucciones que se te presenten y adjuntar el fichero de la imagen de UNO de estos documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad española o certificado de inscripción consular.
Como el nuevo sistema de ruego por internet está dando algunos problemas, desde Marea Granate hemos elaborado un Manual paso a paso de cómo rogar el voto por Internet para las elecciones Autonómicas del 2015.

Si las dos anteriores opciones os dieran problemas, también podéis hacer el ruego enviándolo por fax a la Delegación Provincial del Censo que os corresponda. Os dejamos el documento a enviar, con las instrucciones para inscritos en el CERA.

Una vez recibida la solicitud, la Delegación Provincial te enviará la documentación necesaria para votar a tu domicilio en el extranjero, por correo certificado, entre el 4 y el 12 de Mayo. Podéis consultar el estado del envío de la documentación, aportando el identificador (DNI o pasaporte) y la fecha de nacimiento, aquí.

B) Una vez recibida la documentación en tu domicilio, tienes dos opciones:

1) Votar por correo enviando el voto al Consulado siempre antes del 19 de mayo.

2) Votar en urna en tu Consulado correspondiente entre el 20, 21 y 22 de mayo.

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Caso 2: Estás inscrito/a como No Residente (Residente Temporal o ERTA)

Si estás inscrito/a en el Censo de Españoles Residentes Temporales de tu Oficina Consular, debes:

1) Solicitar la documentación para ejercer tu derecho de sufragio desde el extranjero en la Oficina Consular y presentarla presencialmente en el Consulado del 1 al 25 de abril (ver RD 1621/2007, Art. 3)-atentos que en la primera semana habrá festivos de semana santa- .

Para los que vivís lejos de vuestro consulado, hemos habilitado grupos para viajar juntos y así abaratar costes. La información la podéis encontrar aquí.

Aqui os dejamos el documento a presentar en el Consulado en este caso.

En ese momento la Oficina Consular remitirá la solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente. Una vez recibida la solicitud, la Delegación Provincial te enviará la documentación necesaria para votar a tu domicilio en el extranjero, por correo certificado,  entre el 4 y el 12 de Mayo (ver RD 1621/2007, Art.4.2). El servicio va a estar disponible durante todo el período electoral, inicialmente con la información del censo de consulta y, una vez resueltas las reclamaciones, con el censo electoral de votación. Se puede consultar el estado del envío de la documentación, aportando el identificador (DNI o pasaporte) y la fecha de nacimiento, aquí.

2) Una vez recibida la documentación en tu domicilio, tienes que votar por correo (no puedes votar en urna), enviando el sobre con la papeleta de voto y el certificado, en una carta dirigida a la mesa electoral de tu circunscripción en España, por correo certificado, hasta el 20 de mayo (inclusive) (ver RD 1621/2007, Art. 5).

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Caso 3: No estás inscrito/a en ningún registro

Si no estás inscrito/a en ninguno de los registros de tu Oficina Consular, tienes dos opciones:

1) Inscribirte en la Oficina Consular como Residente Temporal antes del 25 de Abril y seguir el mismo procedimiento que en el Caso 2. El mismo día que te inscribas como residente temporal puedes solicitar el voto en el Consulado. Es importante que NO te inscribas como Residente Ausente, a no ser que lo hagas en la semana de reapertura del censo (del 6 al 13 de abril) porque en ése caso tendrás que votar en tu lugar de origen el día de las elecciones (ver Voto ERTA). Aquí un mapa con todos los consulados de América y Europa y su info de contacto. Recuerda que no siempre el consulado que te corresponde es el más cercano, consulta en su web el área que le corresponde (suele venir en una pestaña llamada “demarcación”). La documentación a aportar tiene que estar también explicada en la web, en “inscripción consular > no residente / residente temporal”.

2) Desplazarte a España en la fecha de las elecciones y ejercer tu derecho al voto en la circunscripción electoral en la que estuvieras inscrito/a antes de emigrar (ver LO 2/2011 Art. 39.3). En este caso, podrías votar en urna o por correo. Para votar por correo en tu antigua circunscripción electoral desde España, debes ir a una oficina de correos personalmente, solicitar el voto por correo, y estar presente en tu domicilio en el momento que te llegue la carta, lo que puede durar de mes a mes y medio, cosa harto difícil cuando se reside en el extranjero. Por este motivo, desaconsejamos optar por el voto por correo desde España.

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Consulta de censos en Oficinas Consulares

ATENTOS porque el censo es el vigente a 1 de Enero. Si os inscribisteis con posterioridad como residentes permanentes muy posiblemente tendreis que subsanar vuestra no inclusión en listas en ese período.

También es importante consultar que estás correctamente inscrito en el censo electoral en caso de que sea la primera vez que vas a votar como residente permanente o de que hayas cambiado de dirección desde la última vez que votaste.

La comprobación del censo se puede hacer de forma online, si tienes instalado un certificado electrónico de los publicados en la Sede Electrónica del INE. Si tienes el certificado instalado, puedes comprobar tu inscripción en el censo aquí.

Quien no posea un certificado de los indicados, podrá consultar en su Ayuntamiento, Consulado correspondiente a su lugar de residencia, en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral o llamando al teléfono 901.101.900.

Los censos vigentes serán expuestos en los consulados del 6 al 13 de abril, para que puedan ser consultados por las y los ciudadanos (algunos permiten consultar la inscripción en la lista por teléfono, en otros sólo de forma presencial).

Dentro del plazo señalado, del 6 al 13 de abril cualquier interesado puede presentar la reclamación contra su exclusión o inclusión indebida en el censo (ver LO 2/2011 Art. 39.2), bien porque se ha inscrito después del día 31 de diciembre, bien porque a pesar de haberse inscrito antes del día 31 de diciembre no figura en él, o bien porque has cambiado de dirección y la que figura en el censo no es la correcta. Durante esta semana, muchos consulados tienen horarios especiales de apertura en fin de semana exclusivamente para el trámite de reclamaciones.
Adicionalmente los electores pueden consultar, sin necesidad de poseer el certificado digital, el dato de la mesa y local electoral en el que les corresponde votar, por diferentes criterios de búsqueda, aportando como datos obligatorios la provincia, el municipio y la inicial del primer apellido, a través de esta dirección.  Los electores que hayan solicitado el voto por correo pueden consultar el estado del envío de la documentación. Para esta consulta es necesario aportar el identificador (DNI o pasaporte) y la fecha de nacimiento. Se puede realizar la consulta en esta dirección.

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Esperamos que esta información os sea útil. Os recordamos que para cualquier duda al respecto hemos habilitado la dirección de correo votorobado@mareagranate.org así como el foro de esta propia web.

Nosotros seguimos denunciando la complejidad e ineficiencia del proceso electoral al que nos someten, un sufragio censitario e inconstitucional que conlleva numerosos trámites burocráticos y que se deja sin votar a más del 95% de la ciudadanía en el exterior. Así como la desinformación general de la Administración en el Exterior y Ministerios sobre cierre de censos o procedimientos de voto
#VotoRogadoVotoRobado

GT de Voto
Marea Granate

GT Voto


El Grupo de Trabajo del Voto, formado por integrantes de diversos nodos, comienza su actividad como respuesta a la falta de información existente sobre cómo votar desde el extranjero de cara a las Elecciones Europeas de 2014.

Llevamos más de un año empollando la legislación, escribiendo a consulados y embajadas de todo el mundo, denunciando irregularidades, facilitando información de plazos y procedimientos, haciendo el trabajo que las instituciones no hacen, respondiendo a un sinfín de consultas diarias y exigiendo a la Administración información clara sobre el proceso y la supresión del voto rogado.

Por todo ello, hoy Marea Granate es un referente en la denuncia del Voto Robado, así como en informar sobre cómo rogar eso que hasta 2010 era un derecho.

GT Voto
Marea Granate

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70 Comments

  1. Paula 20/05/2015 at 10:32

    Hola.
    Bueno, ya es oficial. Me quedo sin votar. A pesar de haber seguido vuestros consejos, no voy a poder ejercer mi derecho al voto. Vivo en Escocia (UK). No recibí la información con el código CTT para hacer el ruego online, y siguiendo vuestro consejo mandé la solicitud por correo postal. Pues ahora, a pesar de que oficialmente mi documentación salió de Santander el día 4 de mayo (aunque me consta que el día 5 todavía no lo habían enviado a correos), todavía no he recibido los papeles necesarios para votar, y ya se ha acabado el plazo para enviarlos.
    Mi indignación y cabreo son inmensos. ¿Hay algo que se pueda hacer desde Marea Granate para dar a conocer estos hechos que van en contra de un derecho fundamental y constitucional? Porque estoy segura de que mi caso no es el único. ¿Se podría presentar en algún organismo europeo?

    Muchas gracias por toda vuestra ayuda.

    • Adrià 20/05/2015 at 16:12

      Yo estoy en la misma situación en Montreal. Inscrito como residente temperal, la web del INE dice que enviaron la documentación hace casi un mes y todavía no ha llegado nada. Me pregunto si hay alguna solición …

  2. Miguel 19/05/2015 at 2:00

    Hola,
    Siguiendo las indicaciones que muy detalladamente pusiesteis en esta web, el 20 de abril me registre como residente temporal en el consulado de Sydney y, a la vez, me inscribí como solicitante para poder votar por correo.
    Mi sorpresa fue que al día siguiente la propia oficina del Censo Electoral de Zaragoza a la que pertenezco se puso en contacto conmigo para pedirme que le enviase, y cito: “…a esta misma direccion de e-mail los datos de su domicilio para poder continuar con los tramites necesarios.”
    Se la envié ese mismo día pero aun no sé nada de ellos, así que hoy les he escrito para saber si llevan idea de seguir esos trámites de los que hablaban.
    Mi pregunta es: ¿Estoy fuera de plazo para poder votar? ¿Si me llega mañana la documentación puedo depositar mi voto en el consulado? No tengo claro qué es lo que voy a recibir puesto que es la primera vez que me encuentro een esta situación.
    Muchas gracias por la información y felicidades por el trabajo que realizáis.
    Saludos!!

    • GT Voto 20/05/2015 at 11:59

      Hola Miguel,

      Las papeletas van con mucho retraso, puede que sea eso mas que nada. Si te llega la documentacion depositala igualmente, hay hasta este viernes para votar en el consulado.
      Normalmente deberian haber subsanado el domicilio si te han contactado!
      Un abrazo

  3. Belen 18/05/2015 at 17:32

    Hola. Voy a votar por correo como temporalmente en el extranjero, no residente. Según entiendo, tengo que pagar yo el franqueo, y luego se me devolverá. ¿Cómo se devuelve esto? Y más importante aún, para que llegue a tiempo tengo que realizar un envío exprés/prioritario, lo que es un franqueo más caro, ¿se me devolverá todo el importe íntegro, cueste lo que cueste el franqueo?

  4. Jerónimo 17/05/2015 at 21:47

    En el sobre del voto por correo de electores temporalmente en el extranjero, que dirección pongo? la extranjera o la española?

    Un saludo y muchas gracias

  5. Ana 08/05/2015 at 13:13

    Hola!
    Vivo en Japón y estoy aquí por estudios. Me inscribí como votante temporal y ya he comprabado que la documentación ha salido de correos en España pero tengo dudas a la hora de mandarla. He leído en el enlace al BOE que poneís que en las municipales debo ESCRIBIR en la papeleta el nombre del partido al que doy mi voto ¿Es eso correcto? También tengo dudas pues en Japón no puedo ir a la oficina de correos y decir “certificado” y que me entiendan. ¿El franqueo va pagado? ¿He de pagarlo yo y me lo devuelven?
    Gracias

    • GT Voto 08/05/2015 at 15:01

      Hola Ana, NO escribas nada en absoluto, sigue las instrucciones de la documentacion al pie de la letra, con la papeleta que consideres (o sin ella si quieres votar en blanco) En caso contrario el voto es nulo.

      El franqueo no pagado, asi que no te olvides de adjuntar la parte en la que reclamas el reembolso del envio.
      Un abrazo!

      • Iye 19/05/2015 at 9:37

        Hola,

        Acabo de preparar mi voto y tengo las instrucciones delante. Aquí va una pequeña corrección y aclaración:

        – Para las elecciones autonómicas, hay que meter la papeleta del partido al que se quiere votar, sin escribir nada.

        – Para las municipales, te mandan una papeleta en blanco en la que hay que escribir el nombre del municipio, nombre de la candidatura y sigla de la candidatura. La lista de las candidaturas se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente. Yo he recibido -como parte de la documentación para votar- una copia del B.O. de la Comunidad de Madrid con las candidaturas de mi municipio (Madrid), pero si no recibes esa copia, siempre puedes consultar el B.O. por internet.

        Saludos
        Iye

  6. Miguel 28/04/2015 at 20:03

    Hola a todos,
    Mi nombre es Miguel y vivo desde hace 3 años y medio en Holanda, concretamente en Utrecht, donde hago el doctorado. El año pasado me inscribí como residente permanente (en mi dirección de Utrecht) en el Consulado General de Amsterdam. La semana pasada acudí al Consulado para que me informaran exactamente de cómo proceder de cara a votar en las autónomicas de mi Comunidad (Aragón) y, al estar en el CERA, simplemente me remitieron a la información que me proporcionase la Oficina del Censo. Hoy, 28 de abril, recibo en casa una carta de la Delegación Provincial del Censo de Zaragoza con fecha de franqueo !del 1 de abril! indicándome cómo solicitar el voto con fecha límite !el 26 de abril! De verdad, lo estoy flipando mucho. Algún consejo sobre cómo proceder? Lo mínimo que quiero hacer es meterle un broncazo de la leche aunque sea al bedel de la Oficina, vamos…. Gracuas!

  7. Luisa 23/04/2015 at 18:51

    Hola! En el Caso 2 de inscritos en el CERA, el documento a enviar para solicitar el voto que ha colgado el Ministerio tiene de título “Elecciones autonómicas y a las Asambleas de Ceuta y Melilla de 24 de mayo de 2015”
    Sabeis dónde puedo encontrar el documento correspondiente a mi provincia? Según lo explican en la página del Ministerio parece un error.

    • Luisa 23/04/2015 at 18:53

      Perdón quería decir en el Caso 1, inscritos en el CERA

      • Luisa 23/04/2015 at 18:59

        Vaya, acabo de leer mejor y me he dado cuenta de que ese impreso vale para todas las autonómicas. Perdón por mi confusión!! Y gracias mil por el curro que estais haciendo.

  8. elena 21/04/2015 at 11:13

    Hola, una pregunta. Hoy fui al consulado a registrarme como residente temporal (dije que estaba de paso aunque llevo aquí varios años para no quedarme sin sanidad en España cuando vuelva). Me dijeron que necesitaba el Anmeldung pero ahí pone la fecha de cuando me lo hice y no sé, si se supone que estoy de paso no tengo por qué tenerlo, no?? Qué documentación necesitan? Gracias.

    • GT Voto 21/04/2015 at 22:56

      Hola Elena, pues lamentablemente lo están pidiendo y lo estamos denunciando. Pregunto a los compañeros de Alemania porque sugerían ir con otro documento alternativo, y te decimos de vuelta.
      Un abrazo!

      • GT Voto 22/04/2015 at 6:30

        Elena, inténtalo con el Meldebescheinigung

      • Brenda 14/05/2015 at 8:09

        Hola, me gustaría saber si aún puedo hacer algo para votar? No he hecho ningún trámite, sería empezar desde cero!!

        • GT Voto 15/05/2015 at 16:15

          Hola Brenda, ahora imposible, hay que empezar con meses de antelacion el proceso. Estate atenta a lo que vayamos colgando para las elecciones generales!
          Un abrazo!

  9. Patricia 17/04/2015 at 16:34

    Hola. Soy ciudadana española nacida en Argentina, durante varios años recibí el material para votar junto al de mi padre (nacido en Asturias) ya que vivíamos en el mismo domicilio. Hace un tiempo solo se lo están enviando a él, y el falleció y ami no me lo envían más. Yo quisiera votar y en la página del INE se hace muy complicado entender algo, te pasean por links que te llevan a otros links que no te resuelven nada. Ojalá pueda saber si estoy en algún padrón y cómo proceder. Saludos!

    • GT Voto 19/04/2015 at 8:42

      Hola Patricia,

      ¿Has probado a llamar al Consulado? Algunos te consultan ellos el censo.
      En cualquier caso, si antes recibias la documentación y nada ha cambiado deberías estar dada de alta. Te recomendamos rogar el voto como hacía antes y no esperar a que te lo envíen

      Aquí tienes la documentación
      https://mareagranate.org/?p=2791

      Un abrazo y suerte!

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