ELECCIONES AL PARLAMENTO ANDALUZ 2015

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¿Cómo votar en las elecciones al Parlamento de Andalucía desde el extranjero?

Si sois andaluces, vivís en el extranjero y quereis ejercer vuestro derecho a voto en las elecciones al Parlamento de Andalucía el próximo 22 de Marzo de 2015, teneis varias opciones en función de vuestra situación administrativa actual.

Plazos voto VIIbis

Caso 1: Estás inscrito/a como Residente Ausente

El CERA, o Censo de Españoles Residentes Ausentes es un censo de ciudadanos/as españoles/as residentes en el exterior del que llevan cuenta las Embajadas y Consulados y en el que todas las personas que vivimos fuera de forma permanente deberíamos estar inscritas.

Si estás inscrito/a, tienes que hacer lo siguiente para votar:

A) Consultar que estás correctamente inscrito en el censo electoral * (ver información extendida más abajo)

B) Solicitar la documentación de voto a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral mediante impreso oficial, bien por correo, bien por fax, hasta el sábado 21 de febrero. (Aquí la lista de direcciones y números de fax de las delegaciones provinciales en la web del Instituto Nacional de Estadística.)

Aquí el impreso a enviar: impreso solicitud documentación voto CERA

Este impreso será remitido a los españoles inscritos en el C.E.R.A. por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente. También puede obtenerse personalmente en la Oficina Consular. IMPORTANTE: dado el adelanto electoral, os aconsejamos NO esperar a que llegue el impreso por correo, especialmente si vivís fuera de Europa, que es donde más problemas hemos detectado en los retrasos de recepción de papeletas, y que lo enviéis por fax lo antes posible, acompañándolo de la fotocopia del DNI o pasaporte (si queréis quedaros más seguros podéis volver a enviarlo por correo incluso, una vez recibáis la carta de la delegación provincial).

Una vez recibida la solicitud, la OCE te enviará toda la documentación necesaria para votar a tu domicilio en el extranjero, por correo certificado y no más tarde del 2 de marzo. Podéis consultar el estado del envío de la documentación, aportando el identificador (DNI o pasaporte) y la fecha de nacimiento, aquí.

B) Una vez recibida la documentación en tu domicilio, tienes dos opciones:

1) Votar por correo enviando el voto al Consulado siempre antes del 17 de marzo.

2) Votar en urna en tu Consulado correspondiente entre el 18 y 20 de marzo.

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Caso 2: Estás inscrito/a como Residente Temporal

Si estás inscrito/a en el Censo de Españoles Residentes Temporales de tu Oficina Consular, debes:

1) Solicitar la documentación para ejercer tu derecho de sufragio desde el extranjero en la Oficina Consular (o bien descargarla telemáticamente desde la web de la Junta de Andalucia: http://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Sol_temp_extranjero.pdf) y presentarla en el Consulado del 27 de enero al 21 de febrero (ver RD 1621/2007, Art. 3). En ese momento la Oficina Consular remitirá la solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente. Una vez recibida la solicitud, la Delegación Provincial te enviará la documentación necesaria para votar a tu domicilio en el extranjero, por correo certificado, no más tarde del 2 de marzo (ver RD 1621/2007, Art.4.2). El servicio va a estar disponible durante todo el período electoral, inicialmente con la información del censo de consulta y, una vez resueltas las reclamaciones, con el censo electoral de votación. Se puede consultar el estado del envío de la documentación, aportando el identificador (DNI o pasaporte) y la fecha de nacimiento, aquí.

2) Una vez recibida la documentación en tu domicilio, tienes que votar por correo (no puedes votar en urna), enviando el sobre con la papeleta de voto y el certificado, en una carta dirigida a la mesa electoral de tu circunscripción (a diferencia de las residentes ausentes, que la envían al Consulado), por correo certificado, antes del 18 de marzo (ver RD 1621/2007, Art. 5).

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Caso 3: No estás inscrito/a en ningún registro

Si no estás inscrito/a en ninguno de los registros de tu Oficina Consular, tienes dos opciones:

1) Inscribirte en la Oficina Consular como Residente Temporal antes del 21 de febrero y seguir el mismo procedimiento que en el Caso 2. El mismo día que te inscribas como residente temporal puedes solicitar el voto en el Consulado. Es importante que NO te inscribas como Residente Ausente, porque en ése caso tendrás que votar en tu lugar de origen el día de las elecciones (ver Voto ERTA).

2) Desplazarte a España en la fecha de las elecciones y ejercer tu derecho al voto en la circunscripción electoral en la que estuvieras inscrito/a antes de emigrar (ver LO 2/2011 Art. 39.3). En este caso, podrías votar en urna o por correo. Para votar por correo en tu antigua circunscripción electoral desde España, debes ir a una oficina de correos personalmente, solicitar el voto por correo, y estar presente en tu domicilio en el momento que te llegue la carta, cosa harto difícil cuando se reside en el extranjero. Por este motivo, desaconsejamos optar por el voto por correo desde España.

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Consulta de censos en Oficinas Consulares

ATENTOS porque el censo es el vigente a 1 de noviembre. Si os inscribisteis con posterioridad como residentes permanentes muy posiblemente tendreis que subsanar vuestra no inclusión en listas en ese período.

También es importante consultar que estás correctamente inscrito en el censo electoral en caso de que sea la primera vez que vas a votar como residente permanente o de que hayas cambiado de dirección desde la última vez que votaste.

La comprobación del censo se puede hacer de forma online, si tienes instalado un certificado electrónico de los publicados en la Sede Electrónica del INE. Si tienes el certificado instalado, puedes comprobar tu inscripción en el censo aquí.

Quien no posea un certificado de los indicados, podrá consultar en su Ayuntamiento, Consulado correspondiente a su lugar de residencia, en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral o llamando al teléfono 901.101.900.

Los censos vigentes serán expuestos en los consulados del 2 al 9 de febrero, para que puedan ser consultados por las y los ciudadanos (algunos permiten consultar la inscripción en la lista por teléfono, en otros sólo de forma presencial).

Dentro del plazo señalado, del 2 al 9 de febrero cualquier interesado puede presentar la reclamación contra su exclusión o inclusión indebida en el censo (ver LO 2/2011 Art. 39.2), bien porque se ha inscrito después del día 29 de octubre, bien porque a pesar de haberse inscrito antes del día 30 de octubre no figura en él, o bien porque has cambiado de dirección y la que figura en el censo no es la correcta. Durante esta semana, muchos consulados tienen horarios especiales de apertura en fin de semana exclusivamente para el trámite de reclamaciones.
Adicionalmente los electores pueden consultar, sin necesidad de poseer el certificado digital, el dato de la mesa y local electoral en el que les corresponde votar, por diferentes criterios de búsqueda, aportando como datos obligatorios la provincia, el municipio y la inicial del primer apellido, a través de esta dirección.  Los electores que hayan solicitado el voto por correo pueden consultar el estado del envío de la documentación. Para esta consulta es necesario aportar el identificador (DNI o pasaporte) y la fecha de nacimiento. Se puede realizar la consulta en esta dirección.

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Esperamos que esta información os sea útil. Os recordamos que para cualquier duda al respecto hemos habilitado la dirección de correo votorobado@mareagranate.org así como el foro de esta propia web.

Nosotros seguimos denunciando la complejidad e ineficiencia del proceso electoral al que nos someten, un sufragio censitario e inconstitucional que conlleva numerosos trámites burocráticos y que se deja sin votar a más del 95% de la ciudadanía en el exterior. Así como la desinformación general de la Administración en el Exterior y Ministerios sobre cierre de censos o procedimientos de voto
#VotoRogadoVotoRobado

GT de Voto
Marea Granate

GT Voto


El Grupo de Trabajo del Voto, formado por integrantes de diversos nodos, comienza su actividad como respuesta a la falta de información existente sobre cómo votar desde el extranjero de cara a las Elecciones Europeas de 2014.

Llevamos más de un año empollando la legislación, escribiendo a consulados y embajadas de todo el mundo, denunciando irregularidades, facilitando información de plazos y procedimientos, haciendo el trabajo que las instituciones no hacen, respondiendo a un sinfín de consultas diarias y exigiendo a la Administración información clara sobre el proceso y la supresión del voto rogado.

Por todo ello, hoy Marea Granate es un referente en la denuncia del Voto Robado, así como en informar sobre cómo rogar eso que hasta 2010 era un derecho.

GT Voto
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81 Comments

  1. Maria Jose Osuna 09/03/2015 at 0:30

    Hola soy Andaluza pero estoy empadronada en las Islas Baleares, aunque en las fechas de las elecciones al parlamento andaluz me encontraré en Andalucia. ¿Puedo ejercer mi derecho al voto aunque sea por correo, o al estar empadronada en otra comunidad autónoma directamente no puedo?. Gracias

    • Marea Granate 12/03/2015 at 0:47

      Hola Maria Jose,
      Tan sólo pueden votar en municipales y autonómicas las personas empadronadas en la comunidad, con lo cual a tí te correspondería votar en las Islas Baleares, pero no en Andalucía.
      Un saludo.

  2. Maria 05/03/2015 at 19:14

    Hola, resulta que en teoría estoy dada de alta como residente permanente en la embajada de Berlín. Como para las europeas del año pasado no tuve ningún problema no me molesté en ir a comprobar mis datos en el plazo previsto. Craso error…ahora me encuentro con que aunque solicité el voto antes del 21 de febrero no me ha llegado ninguna papeleta ni carta para poder votar. He accedido a la página de consulta del estado de tramitación de las solicitudes de voto por correo y al introducir mis datos me dice que no hay ningún elector con esos datos de identificación! ¿Qué ha podido pasar? ¿Sabéis si todavía existe alguna solución?

    Gracias.

    • GT Voto 12/03/2015 at 0:37

      Hola Maria
      ¿Te inscribiste como residente permanente antes de las europeas, no?
      Deberías seguir registrada, ya que no se da sólo de baja como a los temporales.
      El plazo de reclamaciones terminó el 9 de febrero, con lo cual esa oportunidad ya no existe, y la otra hubiera sido intentarlo como temporal si es que ya no estabas en el CERA, pero ese plazo también ha pasado.
      Lamentablemente parece que te has quedado sin votar.
      Te recomendamos que presentes una reclamación a la Junta Electoral Central, sacaremos en breve información sobre cómo hacerlo.
      Un saludo

      • Miguel 16/03/2015 at 18:37

        Hola, yo estoy en la misma situación que Maria, la única diferencia es que yo estoy dado de alta como residente permanente en la embajada de Londres. Mandé la solicitud de voto dentro del plazo previsto, acabo de llegar de viaje y esperaba encontrarme con las papeletas para votar pero nada…aparte de propaganda de los partidos que no pensaba votar, qué ironía. Cómo ya estaba dado de alta par las europeas el pasado año no fui a comprobar mis datos pues como decís, no me parece lógico que te pudiesen dar de baja. Hay alguna posibilidad de que haya podido pasar alguna otra cosa? porque si la razón es en efecto que me han dado de baja pienso que es una injusticia y el sistema electoral es realmente pésimo. Si así es haré uso de vuestra información para presentar una reclamación a la Junta Electoral Central cuando la saquéis. Gracias.

        • GT Voto 18/03/2015 at 10:54

          Hola Miguel, posiblemente sea problema de retraso de las papeletas. Con el sistema que nos imponen, casi la mitad no suelen llegar en cada periodo electoral. Si en Londres hay problemas, imaginate la gente que esta mas lejos…ya hemos sacado unos cuantos consejos para reclamar y sobre qué podeis hacer para intentar compensar la masacre
          https://mareagranate.org/?p=2592

          Rellénanos por favor la encuesta que tengamos un registro interno al respecto.
          Un abrazo y muchas gracias!

          • GT Voto 03/04/2015 at 12:29

            Hola de nuevo! Pudiste votar finalmente? Ncesitamos casos para la prensa de personas que se quedaron sin poder votar en las elecciones andaluzas? Podriamos dar tu email para que te contactaran?

        • GT Voto 03/04/2015 at 12:29

          Hola de nuevo! Pudiste votar finalmente? Ncesitamos casos para la prensa de personas que se quedaron sin poder votar en las elecciones andaluzas? Podriamos dar tu email para que te contactaran?

      • GT Voto 03/04/2015 at 12:31

        Hola de nuevo! Pudiste votar finalmente? Ncesitamos casos para la prensa de personas que se quedaron sin poder votar en las elecciones andaluzas? Podriamos dar tu email para que te contactaran?

    • GT Voto 03/04/2015 at 12:32

      Hola de nuevo! Pudiste votar finalmente? Ncesitamos casos para la prensa de personas que se quedaron sin poder votar en las elecciones andaluzas? Podriamos dar tu email para que te contactaran?

  3. Juan 03/03/2015 at 13:35

    Hola a todos.
    He mirado en la web del INE (Consulta del estado del envío de la documentación para el voto por correo) y me pone que todavía no han enviado nada.
    Se supone que tenían que haberlo enviado hace dos días, qué debo hacer? 🙁

    Gracias!

  4. Juan 27/02/2015 at 12:43

    Me encuentro con dos problemas.

    Soy andaluz y empadronado en un municipio de esta comunidad. Como voy a estar trabajando en el extranjero desde el 1 de Marzo al 1 de junio no voy a poder votar en persona ni en las andaluzas ni en las municipales.

    Para las andaluzas pedí el voto por correo dentro del plazo indicado. Hoy me ha llegado una carta de la Oficinal del Censo electoral denegandome el voto por correo porque según dice la carta: NO APORTA NI CERTIFICADO MEDICO DEL INTERESADO NI PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE.

    ¿Solo pueden votar por correo los enfermos ?

    Segundo problema. ¿Como hago para votar en las municipales si el país al que voy no tiene consulado español?

    Muchas gracias a los que formáis Marea Granate por vuestro esfuerzo.

    • Marea Granate 28/02/2015 at 11:07

      Hola Juan; pues en teoría has hecho bien pidiendo el voto por correo, no entendemos por qué te lo han denegado pero lo pasamos ahora mismo a nuestro grupo del voto a ver si te podemos dar alguna solución. Para lo segundo, ¿en qué país estarás?
      Sacamos esta información hace tiempo con consulados honorarios también, no sé si será útil
      https://mareagranate.org/?p=2136

      Os vamos a proponer una opción alternativa, la sacamos en breve: es que busqueis un abstencionista en España y le « cambieis » su voto. Que vote por vosotros, vaya, porque los que no podemos votar fuera somos abstenciones fijo. Lo hicimos el aoñ pasado, se llama « vota por mí desde allí » y es similar a un procedimiento legal en Francia que se llama « procuration ».

      Un abrazo!

  5. Javier 17/02/2015 at 23:36

    Hola Marea Granate,

    Escribo desde Bruselas sobre las elecciones andaluzas. Aquí el procedimiento parece algo diferente. Hoy me he registrado en el Consulado y he solicitado el voto para las elecciones autonómicas. Para esto último me han dado un documento que se llama « Solicitud de certificación para el voto por correo de electores temporalmente en el extranjero », del cual se han quedado una copia y de la que yo tengo otra, ambos sellados por el Consulado.
    ¿Esto significa que ellos informan a mi Oficina de Censo Electoral (Sevilla), o tengo yo que enviar este documento a mi Censo Electoral junto a la fotocopia de mi DNI? Digo esto último porque es lo que me ha parecido entender en la información suministrada desde la Junta de Andalucía.

    Gracias por la ayuda y de verdad, increíble la contribución que estáis haciendo a la sociedad española.

    Un saludo.

  6. Raquel 17/02/2015 at 21:28

    Tal vez esta pregunta es demasiado obvia, pero estoy bastante perdida con lo del censo electoral de noviembre… ¿Cómo sé si aparezco en el censo? ¿Aún se puede consultar la lista? Por que no encuentro en ninguna parte cómo consultarlo. Gracias de antemano.

    • Marea Granate 17/02/2015 at 22:57

      Hola Raquel! Se puede consultar electrónicamente en la sede del INE (lee más arriba que te ponemos el link). Algunos consulados también te lo dicen si llamas por teléfono.
      Un abrazo!

  7. Pedro 16/02/2015 at 18:03

    Hola, os escribo para informaros de mi caso. Vivo cerca de Stuttgart y esta misma mañana he ido personalmente al consulado español de Stuttgart para inscribirme como residente temporal para poder votar en las próximas elecciones andaluzas del 22 de Marzo, y no me han permitido inscribirme como residente temporal porque vivo aqui desde hace un año y 9 meses, por lo tanto me han dicho que sólo puedo inscribirme como residente permanente, por lo cual ya es demasiado tarde para votar. ¿Es esto legalmente correcto? Estoy muy indignado ya que no sabía que existiese este requisito. Estaba siguiendo vuestras instrucciones y he pedido hoy un día de vacaciones exclusivamente para hacer el trámite en el consulado. Además, el horario de atención al público es sólo de Lunes a Viernes, de 8 a 14, ningún día abre por la tarde ni ningún Sábado. Para colmo el consulado está en las afueras de Stuttgart. Por lo cual para inscribirse como residente hay que pedir un día entero de vacaciones. Y sólo permiten inscribirse a distancia a los que viven a más de 50 kilómetros del consulado. Pero el problema en sí no es sólo la distancia, es el horario de apertura tan limitado que tienen. Encima que hemos tenido que emigrar para poder trabajar todo son trabas y dificultades, especialmente para poder ejercer nuestro derecho al voto.
    Saludos,
    Pedro

    • Marea Granate 16/02/2015 at 22:37

      Hola Pedro,

      No sabemos qué pasa en Alemania pero todos los Consulados están poniendo muchísimas trabas con esto. En teoría en la inscripción ERTA no tienes por qué solicitar la baja consular, así que si te habías inscrito anteriormente, hubieras regresado a España, y hubieras vuelto temporalmente al mismo sitio (cosa muy frecuente para gente desplazada por trabajo, por ejemplo) no deberían ponerte ningún problema.

      No sabemos si estás a tiempo, pero si lo estás te sugeriríamos que volvieras a intentarlo sin indicar que si has residido de contínuo o no. No les importa, no es asunto suyo, y hay muchísima gente que con desplazamientos cortos pero continuados que sólo pueden votar como ERTA, así que tienen que dejarte votar.

      Un abrazo y sentimos mucho todo los desacarreos, vamos a intentar movilizar todo lo posible reclamaciones y quejas ante la Junta Electoral para todos estos casos.

      • Marea Granate 17/02/2015 at 15:23

        Pedro, estamos escribiendo una nota de prensa para denunciar casos como el tuyo, te podriamos poner de contacto?
        Si nos dices que si podemos dar tu mail (aqui no es visible pero nos aparece como administradores) por si los periodistas necesitan casos concretos.
        Un abrazo

  8. Edu 16/02/2015 at 14:22

    Buenas a todos,

    Resido en UK y estoy dado de alta en el CERA desde el 12 de enero de 2015, fecha anterior a la convocatoria de las elecciones al parlamento de Andalucía. Hace casi 3 semanas que envié mi solicitud de voto por correo siguiendo las instrucciones a la delegación provincial de la oficina del censo electoral de la provincia de Córdoba, que es a donde pertenezco a efectos electorales. Hoy por fin han actualizado la solicitud y mi sorpresa viene cuando veo que me han denegado la solicitud. Cuál puede ser la razón? Se puede reclamar?

    Un saludo.

    • Marea Granate 16/02/2015 at 23:02

      Hola Edu,

      Pues la faena es que con el adelanto electoral el censo era el vigente hasta el 1 de noviembre (alucina) y la gente inscrita después tenía que reclamar hasta el 9 de febrero. Intenta llamar al consulado a ver si te dan alguna solución o forma de reclamar que no sepamos, dado el adelanto electoral.

      Un abrazo y cuéntanos de vuelta si te han podido facilitar algo. Y os facilitaremos las reclamaciones ante la Junta Electoral en caso de que no sea posible ejercer vuestro derecho a voto.

      • Edu 17/02/2015 at 14:25

        Hola de nuevo Marea Granate,

        Pues justamente es eso lo que me han dicho, que el censo electoral lo han cerrado el 1 de noviembre de 2014, así que a efectos electorales aún soy residente en Córdoba, por lo que la única solución es desplazarme a Córdoba y votar en persona. Yo le expuse a la mujer que me atendió que cuando yo me inscribí en el CERA el 12 de enero no sabía que se iban a adelantar las elecciones, y me ha dicho literalmente « pues sí, pero así funcionan las cosas ».

        He llamado al consulado y me lo han confirmado, y me han dicho que tenía que haber hecho la reclamación antes del 9 de febrero. Así que esta vez me temo que me quedo sin poder ejercer mi derecho a voto.

        Muchas gracias, y saludos.

        • Marea Granate 17/02/2015 at 14:51

          Hola Edu,

          Una ultima opcion que se nos ocuure, por quemar el ultimo cartucho. Te permitirian desinscribirte del CERA y volverte a inscribir como ERTA? Es lo unico que se nos ocurre como solucion. Depende de la buena voluntad del funcionario, pero conforme a la ley son tramites que puedes pedir.

          Un abrazo

          • Edu 17/02/2015 at 17:03

            Hola,

            Imposible, por lo menos en el consulado de Londres, en el que cualquier trámite de inscripción/desinscripción tarda unas 2 semanas. Tendría que hacer 2 trámites y las elecciones son dentro de 1 mes, aunque pudiera no me daría tiempo.

            Saludos.

  9. Maria Jesus 16/02/2015 at 12:37

    Buenas tardes, vivo en Florencia. Me inscribí en el censo electoral como residente permanente el 25 de noviembre de 2014. Y hoy he hablado con el consulado general de Roma y me han dicho que me habían avisado con dos emails (los dias 3 y 6 de febrero) recordándome revisar las listas del censo para la comprobación de datos, pero no he recibido ningún correo por parte de estos (tampoco estaba en la bandeja de correo no deseado). Me he puesto en contacto con la Cónsul de Florencia y mañana me personificaré alli. Puesto que se me ha pasado el plazo de reclamación… ¿sabéis si tendré alguna otra posibilidad para votar? Muchas gracias por la ayuda

    • Maria Jesus 16/02/2015 at 12:49

      podría hacerlo a través del CERA?

      • Marea Granate 16/02/2015 at 23:03

        Hola Maria Jesús, puedes votar a través de censo CERA si estabas inscrita antes de noviembre de 2014; si no te aconsejamos tramitarlo como ERTA porque el censo era el vigente hasta esa fecha.

    • Marea Granate 16/02/2015 at 23:09

      Hola Maria Jesús, acabamos de responderte arriba sin darnos cuenta. Si eres CERA ya lo dudamos; quizá les puedes pedir la baja consular y el alta como ERTA para poder votar (y ya de paso tramitas allí todo ipso facto) Es lo único que se nos ocurre, a menos que te den otra solución ellos.
      ¿Nos puedes contar de vuelta si has podido hacer algo?
      Un abrazo

      • Maria Jesus 03/03/2015 at 19:59

        Perdonad el retraso, acabo de ver vuestros comentarios y os agradezco mucho vuestra ayuda. Efectivamente la cónsul de Florencia, me informó de está posibilidad e hice el cambio de residente permanente a residente temporal (estaba inscrita como permanente desde el 25 de noviembre de 2014). Pero al día siguiente, me llamaron desde Roma (donde está el consulado general español) y me dijeron que yo constaba como residente permanente y no podían cambiarlo…. tampoco me han dado ninguna solución. Lo único que me han dicho es que yo tenía que haber solicitado el voto por mi cuenta por correo… y que tenía que haberme llegado una carta desde España para solicitarlo (no ha llegado nada, todavía). Eso sí, el 26/02 con fecha del 3 de febrero, recibí un correo del Ministerio de Exteriores con mis datos personales, para ver solo si eran correctos, pero nunca me han enviado nada para solicitar el voto. Espero que llegue estos días, en cuanto sepa algo os lo comento por aqui, muchas gracias de nuevo, un abrazo

        • Maria Jesus 03/03/2015 at 20:10

          Pd: a pesar de todo desde Roma, la resposable del censo, me comunicó que envió a España mi solicitud de voto como residente temporal, « a ver si lo aceptan » (eso me dijo y esto a la espera :s)

          • Maria Jesus 04/03/2015 at 14:44

            Finalmente, me han denegado el voto por correo… acabo de recibir la carta. He llamado por teléfono al censo electoral de Málaga y me han dicho que las listas cerraron el 30 de octubre y no el 1 de noviembre como se dijo… estaré atenta para las generales. Cuando salga la convocatoria espero que la anuncien a bombo y platillo, si es que la convocan… porque en esta nos han pillado a todos el toro por sorpresa. Un abrazo y hasta pronto

          • GT Voto 03/04/2015 at 12:32

            Hola de nuevo! Pudiste votar finalmente? Ncesitamos casos para la prensa de personas que se quedaron sin poder votar en las elecciones andaluzas? Podriamos dar tu email para que te contactaran?

          • GT Voto 03/04/2015 at 12:32

            Hola de nuevo! Pudiste votar finalmente? Ncesitamos casos para la prensa de personas que se quedaron sin poder votar en las elecciones andaluzas. Podriamos dar tu email para que te contactaran?

        • GT Voto 03/04/2015 at 12:33

          Hola de nuevo! Pudiste votar finalmente? Ncesitamos casos para la prensa de personas que se quedaron sin poder votar en las elecciones andaluzas. Podriamos dar tu email para que te contactaran?

  10. Alejandro 12/02/2015 at 12:25

    Comentario para los que votamos desde el extranjero por correo como residentes temporales.
    -Tengo la mala experiencia de 2008 en la que muchos de los votos por correo fueron anulados. Por eso quería aclarar un par de puntos del artículo del BOE para que no nos pase de nuevo:

    Artículo5 Punto 1:
    -« Incluirá el sobre o los sobres de votación y el certificado en el sobre dirigido a la mesa electoral ». Es decir, un sobre dentro de otro sobre. Aunque parece obvio lo recalco.
    Artículo5 Punto3.
    -« Será indispensable para la validez de estos votos que conste claramente en el sobre dirigido a la mesa electoral un matasellos u otra inscripción oficial de una Oficina de Correos del Estado en cuestión que certifique, de modo indubitable, el cumplimiento del requisito temporal señalado en el apartado primero de este artículo ». Este punto no me queda claro. Qué tipo de sellado es ese?.

    Y por último una consideración: hay que pagar por el correo certificado o el sobre que te envían a casa ya tiene el franqueo de vuelta pagado? En caso de que haya que pagar, cómo se solicitaría el reimporte?

    Gracias!

    • Marea Granate 12/02/2015 at 19:57

      Hola Alejandro!

      El sello al que te refieres es el que te pondran en tu oficina de correos cuando vayas a enviar la carta, el matasellos, vamos, correspondiente.
      El franqueo depende de cada pais, en las ultimas elecciones hciieron acuerdos con algunos para no tener que pagar. Os avisaremos cuando informen.

      Un abrazo!

  11. Manoel Rios Izquierdo 11/02/2015 at 19:24

    Buenas tardes. Habito en Curitiba – Brasil y no ewstoy consiguiendo enviar mi solicitud de voto para el Parlamento de Andalucia por fax. Estoy tentando añadiendo el codigo de mi operadora al 34 984467802 pero no abre el fax para remitir. Como devo hacer para enviar? Agradezco y perdon por mi español. No fueenviado antes.Estoy tentando enviar pero no consigo.

  12. Manoel Rios Izquierdo 11/02/2015 at 19:23

    Buenas tardes. Habito en Curitiba – Brasil y no ewstoy consiguiendo enviar mi solicitud de voto para el Parlamento de Andalucia por fax. Estoy tentando añadiendo el codigo de mi operadora al 34 984467802 pero no abre el fax para remitir. Como devo hacer para enviar? Agradezco y perdon por mi español.

  13. Podemos Suecia 09/02/2015 at 0:18

    Según la embajada de Estocolmo: « Lamentamos comunicarles que las Reclamaciones deben ser efectuadas presencialmente. En caso de imposibilidad rogamos nos llamen por teléfono para buscar formulas alternativas. » – Marea Granate, podeis contactar con nosotros en podemos.suecia@gmail.com si queréis casos para la prensa.

    • Marea Granate 09/02/2015 at 10:04

      Efectivamente, de eso deberían informar también, las reclamaciones son presenciales y eso dificulta mucho el proceso.
      Gracias por la información y el ofrecimiento, en cuanto necesitemos casos os escribimos.
      Un abrazo!!

  14. Alex 05/02/2015 at 20:48

    No estoy registrado en el consulado como Residente Ausente, por lo que debo solicitar el caso número 3 (voto ERTA) Mi duda es la siguiente: ¿Puedo votar mediante ese proceso en las elecciones Andaluzas y también para las generales?? ¿O el voto ERTA sólo se puede solicitar una vez?
    Muchas gracias

    • Marea Granate 06/02/2015 at 1:13

      Hola Alex!
      Puedes votar para andaluzas, para municipales en mayo y para las generales. El inconveniente que tiene es que hay que solicitar el ruego presencial en el Consulado; ahora, como no estás inscrito, tienes que ir sí o sí a hacerlo y de paso ruegas. En las municipales tendrás que ir también (los inscritos como CERA, la otra modalidad, perdemos el derecho a voto municipal). Para las generales te sigue valiendo la inscripción en el ERTA (dura un año), pero si no te quieres dar otro paseo al consulado siempre puedes hacerte CERA después de mayo y hacer todos los trámites por correo para estas últimas…como lo veas. La información en general del proceso está aquí
      https://mareagranate.org/?p=2088

      Un abrazo!

  15. Rafael 04/02/2015 at 19:50

    Hola,
    No aparezco en el censo ya que me inscribí como residente permanente a finales de noviembre y quiero ejercer mi derecho al voto para las próximas elecciones al Parlamento andaluz.
    No puedo desplazarme al consulado de Londres y necesitaría hacer este trámite a distancia.
    Al contactar con el consulado por correo electrónico no me ofrecen ninguna solución (me mandan un enlace que no funciona y luego otro que nada tiene que ver). Los plazos son ajustadísimos y me temo que me van a dejar fuera (todos sabemos que nuestro voto no interesa)
    ¿Sabéis cómo se solicita la rectificación del censo electoral? ¿Será posible hacerlo de forma no presencial?

    Muchas gracias

    • Marea Granate 05/02/2015 at 12:19

      Hola Rafa; lamentablemente creemos que las rectificaciones son presenciales. Has intentado llamar al consulado?
      Vamos a preguntar a los compañeros de MG Londres y te decimos de vuelta.
      Un abrazo!

      • Rafael 05/02/2015 at 13:06

        Gracias por vuestra respuesta. Al final he podido contactar por telefono con el consulado y me confirman que solo es posible hacer el tramite para la rectificacion del censo de forma presencial. Lamentablemente, Londres me pilla a unos 250km y estas trabas me van a impedir ejercer mi derecho al voto. Democracia lo llaman…

        • Marea Granate 05/02/2015 at 14:08

          Nos lo temiamos; os vamos a pasar en breve la forma para reclamar ante la Junta Electoral Central y otros organismos.
          Seguimos moviendo este tema todo lo que podemos, os intentaremos contactar quiza para pedir casos para la prensa, si no os importa.

          Un abrazo!

  16. Miguel Rodríguez 04/02/2015 at 12:13

    Hola:

    Sobre todo muchas gracias por todo el trabajo que estáis haciendo. Queríamos acercarnos al consulado para poder hacer todos los trámites pero de seguro que estaremos excluidos porque presentamos la solicitud como residentes permanentes después del 29 de Octubre.

    ¿Hay algún tipo de documento para poder reclamar nuestra inclusión o debemos de preguntar por ello una vez en el consulado?

    Espero podáis contestar pronto. Un abrazo y gracias de nuevo 🙂

    • Marea Granate 04/02/2015 at 16:33

      Hola Miguel,
      Aun estais a tiempo de reclamar, teneis hasta el lunes de plazo. Acercaros al consulado (algunos estan abriendo los fines de semana, espero que sea el vuestro) y alli os tienen que proveer el impreso para que os incluyan en el censo electoral. Y de paso ya rogais el voto.
      Un abrazo!

  17. Ana 03/02/2015 at 23:43

    Hola,
    no sé si he entendido bien la información. Tenemos que inscribirnos en el consulado antes del 9 de febrero para estar en el censo? y después solicitar el voto antes del 21? no sé si me será posible desplazarme tanto.
    Perdón por haceros repetir cosas…y muchísimas gracias por todo el trabajo que realizáis.

    • Marea Granate 04/02/2015 at 10:27

      Hola Ana, si no estás inscrita vete al consulado desde ya hasta el día 21 y te inscribes como ERTA, no residente, y ruegas el voto al mismo tiempo. Echale un vistazo a tu Consulado porque algunos están abriendo fines de semanas. Suerte!! Un abrazo!

  18. blanca 01/02/2015 at 23:22

    Hola,
    Soy andaluza que estudia en País Vasco y no voy a ir solo para votar, donde puedo conseguir los papeles para votar?
    gracias

  19. Daniel 01/02/2015 at 11:14

    Hola! Mi novia y yo estamos viajando por el Sudeste asiático de forma indefinida. No tenemos dirección fija puesto que no pasamos más 3-4 días en cada lugar. Tendríamos alguna manera de poder ejercer nuestro derecho al voto?

    Muchas gracias!

    • Marea Granate 01/02/2015 at 15:15

      Hola Daniel,

      Pues complicado, sobre todo porque tendríais que desplazaros al Consulado más cercano, y no sé si está en vuestros planes, y luego porque es imprevisible el día en que te pueden llegar las papeletas (y para vosotros darle una dirección entonces)
      Aún así, ¿por qué no intentais contactar con el consulado que os corresponda para ver si os dan alguna solución?

      Y cuéntanos de vuelta lo que te dicen, que sepamos un poco si hay alguna forma de facilitar el voto en estos casos.
      Un abrazo!

  20. Luisa Moron 30/01/2015 at 14:47

    Hola, yo vivo cerca de Londres, por surte puedo inscribirme en la oficina consular a distancia pero sólo me da la opción de residente o no residente no dice nada de residente temporal ¿Lo hago como residente?
    Muchas gracias de antemano.
    Saludos Luisa

    • Marea Granate 30/01/2015 at 16:19

      Hola Luisa! Temporal o ERTA es no residente; si quieres votar sin problemas ahora te tienes que inscribir como tal (y posteriormente si te conviene mas como CERA o residente ausente lo puedes cambiar)
      Un abrazo!

  21. Nacho 30/01/2015 at 12:52

    Hola! Soy sevillano y vivo en Barcelona, pero no me he registrado ni cansado. ¿Debo seguir los pasos anteriores o solo es aplicable a los que viven fuera de España? Gracias

  22. violeta 28/01/2015 at 20:15

    Hola, gracias por la informacion. Para inscribirse como residente temporal es necesario personarse en el conaulado?? Es que vivo en una ciudad distinta y e las horas que trabajan yo trabajo tambien…

    • Marea Granate 29/01/2015 at 11:18

      En general si, Violeta, aunque algun consulado honorario lo permite…estamos reclamando que faciliten las inscripciones a distancia en todo caso. Echale un vistazo a esto https://mareagranate.org/?p=2136 y si nos puedes contar si tu consulado te deja hacerlo a distancia genial, asi vamos recopilando informacion.
      Un abrazo!

  23. monica 28/01/2015 at 1:42

    Alguien podria decirme donde puedo encontrar la solicitud de la documentacion necesaria para ejercer mi derecho de sufrajio para descargarla??
    Gracias de antemano

  24. Carlos 27/01/2015 at 23:50

    Cuando decís « A) Solicitar la documentación para ejercer tu derecho de sufragio », no soy capaz de encontrar nada sobre cómo proceder. He encontrado un formulario para las elecciones del año pasado, pero nada para estas. ¿Alguna pista? Voy a malpensar y suponer que si intento tunear el formulario de las europeas me lo van a rechazar.

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