ESPECIAL PREGUNTAS FRECUENTES 23J

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Aquí podrás encontrar respuesta a las preguntas más frecuentes del voto exterior para el 23J

PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS: Marea Granate ha preparado un esquema con los plazos y instrucciones detalladas con los pasos a seguir en cada caso particular, consúltalos aquí 

DEFINICIONES QUE DEBES CONOCER:

CERA: Censo Electoral de los Residentes Ausentes (para quienes residen en el extranjero de forma permanente)

ERTA: Inscripción para quienes se encuentran en el extranjero de forma temporal

TELÉFONOS Y DIRECCIONES DE INTERÉS

Delegación Provincial del Censo Electoral 

Embajadas y consulados


¿Qué tengo que hacer para votar?

Sigue estas instrucciones  y si estás de vacaciones, consulta aquí nuestro Especial Vacaciones

AL FINAL DE ESTA LISTA HEMOS PUESTO UNA PREGUNTA ESPECIAL PARA QUIENES, SIENDO RESIDENTES SE VAN DE VACACIONES AL EXTRANJERO EL MES DE JULIO.

¿Cuándo tengo que hacer los trámites?

Aquí puedes encontrar el calendario completo 

¿Tengo que rogar el voto?

Las personas inscritas en CERA (residentes permanentes en el extranjero) no tienen que rogar el voto. 

Quienes residen de forma temporal en el extranjero, tendrán solicitar el voto presencialmente en el consulado.

Si eres residente temporal y estarás en España el día de las elecciones, entonces podrás hacerlo en tu colegio electoral, pero sólo si no has rogado el voto, ¡recuerda!

Quiero votar, pero no quiero perder mi empadronamiento en España ¿Es posible?

Puedes inscribirte en el consulado como residente temporal (registro ERTA). De esta forma no pierdes el empadronamiento en España. Pero recuerda: la ley establece un plazo máximo de un año para esta inscripción, y algunos consulados no permiten renovarla. 

Me inscribí en el consulado después del 1 de marzo, ¿puedo votar?

Sí, tendrás que reclamar presencialmente en tu consulado en el periodo de rectificaciones, del 5-12  de junio. 

Estoy inscrito en el consulado, pero estaré en España en la fecha de las elecciones, ¿puedo votar en el colegio electoral?

Solo en caso de estar inscrito como residente temporal, ERTA.

En caso de estar inscrito como residente permanente, CERA, no podrás hacerlo. Sin embargo, sí podrías hacerlo a través de Correos, en la siguiente pregunta te explicamos los pasos a seguir.

Para todas estas dudas, ¡¡¡consulta nuestro Especial Vacaciones!!!

¿Cómo se vota por correo en España?

Puedes usar esta modalidad  tanto si eres ERTA como si eres CERA, siempre que estés en España en julio el tiempo suficiente para poder votar a través de Correos.

Recuerda, si eres ERTA: para este caso NO solicites tu voto en el consulado.

Si tienes certificado o DNI digital puedes solicitarlo online, y si no tienes, puedes solicitarlo en cualquier oficina de Correos hasta el 13 de julio. Las papeletas se envían al domicilio que indiques EN ESPAÑA desde el 3-16 de julio. Tardan entre 1 y 4 días en llegar (si no estás, tendrás 15 días desde que lleguen para ir a buscarlas a la oficina de correos)  y sólo se pueden recoger PERSONALMENTE, tanto en casa como en la oficina de correos. ¡Calcula bien los tiempos!

RECUERDA: Sólo es necesario enviar UN voto, de lo contrario, no sólo anularían tu votación, sino que además te arriesgas a ser castigado con hasta dos años de prisión por el artículo 142 de la LOREG. 

Soy un español que reside en el extranjero y que estoy dado de alta como CERA, pero me encontraré temporalmente en España en la fecha de las elecciones ¿Puedo votar?

No puedes votar en urna en España, pero sí puedes votar por correo desde cualquier oficina de Correos, en la pregunta anterior tienes toda la información.

Soy residente permanente. He cambiado mi residencia o ciudad ¿A quién y cuándo lo tengo que notificar? ¿Qué debo hacer para votar?

Tendrás que reclamar la rectificación del censo en tu consulado presencialmente en el periodo de rectificaciones, del 5-12 de junio. Para estos casos, aconsejamos consultar que los datos están correctamente registrados en el censo. Si se te pasa ese plazo,  las papeletas llegarán a tu antigua dirección. 

Me inscribí como residente en un consulado, pero ahora me he mudado a otro país. ¿Qué debo hacer para poder votar?

Deberás inscribirte como residente permanente (CERA) en tu nuevo consulado en el periodo de rectificaciones, del 5-12 de junio.

Soy estudiante y estaré en el extranjero en verano ¿qué tengo que hacer para votar?

Lo más conveniente para ti es inscribirte como residente temporal ANTES del (ATENCIÓN, fecha prorrogada por la Junta Electoral Central) 29 de junio (si no lo has hecho antes) y solicitar el voto en el consulado. En caso de que te pusieran algún inconveniente en para inscribirte como temporal, o quisieran inscribirte como residente permanente, están incumpliendo la ley, ya que los estudiantes desplazados por menos de un año no tienen obligación de inscribirse como residentes permanentes. En caso de hacerlo podrías perder tu tarjeta sanitaria en España. Si insisten, pídeles que te lo pongan por escrito y contáctanos en coordinacion@mareagranate.org.

Temo que no me lleguen las papeletas. ¿Podré votar en persona en el consulado en ese caso?

Si eres CERA, aunque no te llegue ninguno de los envíos, podrás acudir a tu consulado entre el 15 y el 20 de julio, donde te permitirán obtener certificados y sobres necesarios para emitir tu voto. 

Si no me llegan los papeles, ¿puedo imprimir mi certificado y enviar las papeletas en un sobre cualquiera?

No, sólo son válidos los votos que están en los sobres oficiales (esto es para preservar el secreto de voto, si no se podría identificar a quien emite el voto) y acompañados del certificado emitido por el INE/descargado en el consulado. 

¿Tengo que imprimir las papeletas en algún formato especial?

No, puedes imprimirlas como quieras (por ejemplo, las listas largas ocupan dos páginas, puedes imprimirlas en una o en dos caras), lo importante es que quede claro a quién quieres votar.

¿Qué opciones tengo a la hora de registrarme en el consulado?

Tienes dos opciones:– Residente temporal o ERTA : si estás de paso, o piensas estar menos de un año de residencia en el exterior. (ojo, no se permite la inscripción consecutiva)– Residente permanente o CERA – debes inscribirte como residente permanente en caso de haber residido más de un año en el mismo país o de fijar tu residencia en dicho país.

¿Qué necesito para registrarme en el consulado del país en el que resido?

Generalmente, basta con una fotografía tipo carnet, tu DNI o Pasaporte, y tu dirección en el país de residencia. En el caso de la inscripción como residente, se suele pedir algún tipo de justificación de residencia en el domicilio (empadronamiento, recibos, etc.). Puede variar de un Consulado a otro, consúltalo en la web de tu consulado antes de desplazarte.

¿Puedo inscribirme en cualquier consulado?

No, sólo puedes inscribirte en el consulado que te corresponda por lugar de residencia. Cada consulado tiene una “demarcación” o área asignada, y se dan ocasiones en que el consulado más cercano no tiene por qué ser el que le corresponde a tu zona. Comprueba siempre qué consulado es el que te corresponde antes de desplazarte (ya sea consultándolo con ellos por teléfono o a través de su web), ya que si no es el correcto no te permitirán inscribirte allí ni solicitar el voto.

No puedo desplazarme al consulado. ¿Puedo inscribirme?

Por desgracia, la inscripción en el CERA en periodo electoral es presencial.

Cerca de mí solo hay un viceconsulado. Y el consulado más cercano está muy lejos. ¿Puedo rogar el voto / inscribirme en el ERTA a través de un vicecónsul?

No, esto sólo se puede hacer presencialmente en tu consulado. 

¿Necesito pedir cita en el consulado para hacer trámites electorales?

No hace falta: puedes acudir al consulado sin pedir cita.  

Me han nombrado miembro de mesa electoral, pero soy residente temporal en el extranjero ¿Qué puedo hacer?

En caso de que no te encuentres en España el día de las elecciones por residir en el extranjero, deberás comunicar tu cambio de domicilio a la Junta Electoral que te corresponda en el plazo de 7 días. En el escrito que envíes, puedes hacer referencia al punto Segundo, 6ª de la “Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales.” También lo puedes presentar por vía telemática aquí.

¿Me pueden nombrar miembro de mesa electoral cuando soy residente permanente (CERA) en el extranjero? 

No, las personas inscritas en el censo CERA no se incluyen en el sorteo de las mesas electorales. 

¿Puedo votar por internet?

No. Si quieres averiguar las razones por las que Marea Granate se opone al voto electrónico, puedes leer nuestros artículos aquí  y aquí 

En resumen: no es un sistema seguro (los ciberataques a todos los sistemas son constantes). A día de hoy, la tecnología no permite garantizar que los votos no se alteran o que se mantiene el secreto del voto y, además, muy pocas personas saben cómo funciona, esto es antidemocrático y peligroso.

Soy residente en España, pero me voy de viaje al extranjero, ¿qué puedo hacer para votar?

No puedes acogerte al voto a través de Correos en España, porque la ley no permite que envíen documentación para votar al extranjero. Pero quizá, si estás en este supuesto, te puedes acoger al voto ERTA (residente temporal en el extranjero, que sólo significa que estás menos de un año fuera). Para esto tienes que tener en cuenta las siguientes fechas:

Tendrás que estar en el mismo país entre el 29 de junio y el 11 de julio (+los días que tarde una carta en llegar a ese país)

El último día para solicitar el voto es el 29 de junio (la Junta Electoral Central ha prorrogado, porque por ley era hasta el 24 de junio) , pero cuanto antes vayas, mejor (mira los horarios en la web del consulado) https://www.exteriores.gob.es/es/EmbajadasConsulados/Paginas/index.aspx

Te llegará un envío con la documentación que necesitas, papeletas, sobres y tus propios certificados censales.  Ese envío sale de España entre el 3 y el 11 de julio (si hay impugnaciones a las listas) es muy justo, pero no imposible.

Después tendrás que enviar tu voto a España cuanto antes, pero como muy tarde el 19 de julio.

GT Voto


El Grupo de Trabajo del Voto, formado por integrantes de diversos nodos, comienza su actividad como respuesta a la falta de información existente sobre cómo votar desde el extranjero de cara a las Elecciones Europeas de 2014.

Llevamos más de un año empollando la legislación, escribiendo a consulados y embajadas de todo el mundo, denunciando irregularidades, facilitando información de plazos y procedimientos, haciendo el trabajo que las instituciones no hacen, respondiendo a un sinfín de consultas diarias y exigiendo a la Administración información clara sobre el proceso y la supresión del voto rogado.

Por todo ello, hoy Marea Granate es un referente en la denuncia del Voto Robado, así como en informar sobre cómo rogar eso que hasta 2010 era un derecho.

GT Voto
Marea Granate

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1 Comment

  1. Abigail Kelly 26/07/2024 at 22:54

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